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El sueño de la justicia española produce monstruos
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Desde la Code. Profesor de Derecho Penal de la Usal

El sueño de la justicia española produce monstruos

Publicado 17/07/2026 23:54

Lo que ha ocurrido durante la presente semana en la justicia española es realmente lamentable y preocupante, hechos que determinan una conclusión evidente: la existencia de “lawfare” en la justicia española, por lo diabólicas que son algunas resoluciones judiciales que, sin probar unos hechos concretos, concluyen en condenas sin pruebas, en un silogismo jurídico disparatado. Los magistrados de la Audiencia Provincial de Badajoz –cuyo presidente solicitó una foto “selfie” al líder de VOX Santiago Abascal en un encuentro casual con él- condenan al hermano de Pedro Sánchez, como cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa, por obtener un puesto de trabajo que, según el referido tribunal, fue creado sin ser “urgente ni necesario”. Por ello y, por arte de magia, los magistrados consideran, sin pruebas directas, que “solo se creó ese puesto para satisfacer el interés particular de David Sánchez”. Resulta paradójico, por otra parte, que cuando se creó esa plaza, en 2016, el actual presidente del gobierno, Pedro Sánchez, hermano de David, no sólo no era presidente del gobierno, sino que tuvo que dimitir porque su partido, el PSOE obligó a abstenerse en la investidura de M. Rajoy, después de las elecciones generales celebradas en junio de 2016 y Pedro Sánchez, como líder del PSOE, no estaba de acuerdo con esa decisión. Por otro lado, si a David Sánchez no le condenan por delito de tráfico de influencias porque hay dudas más que razonables y no se puede probar, ¿por qué se acredita en este caso que la creación de la plaza que luego ocupó David Sánchez es una resolución arbitraria dictada a sabiendas de su injusticia y, por tanto, una conducta prevaricadora? ¿Por qué se inventa el Tribunal que no era necesaria ni urgente esa plaza si quien tiene que determinar esa urgencia o necesidad es la propia entidad administrativa que decide crearla?

Sabemos que una autoridad o funcionario público puede cometer delito de prevaricación sin que, necesariamente, tenga que cometerse también el de tráfico de influencias. Pero la duda que me surge aquí es la siguiente: si, en el caso de la adjudicación de la plaza a David Sánchez no se ha podido acreditar que éste influyera en la autoridad competente -el presidente de la diputación de Badajoz- prevaliéndose de su situación de hermano de Pedro Sánchez, para conseguir una resolución favorable para él y que le genera beneficio económico –la adjudicación de la plaza-, ¿cómo es posible determinar que la previa creación de la plaza por la Diputación de Badajoz puede considerarse una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia y, por tanto, ser prevaricadora? Si así fuere, que cuando cualquier administración crea plazas que, a priori, un tribunal de justicia crea que ni son urgentes ni necesarias, podría considerarse una conducta prevaricadora y, en consecuencia delictiva? Si el ayuntamiento de Salamanca, de Sevilla o de Madrid, crea dos plazas de ayudante del jefe de protocolo, ¿un tribunal de justicia está capacitado para determinar que esas plazas ni son urgentes ni son necesarias y, en consecuencia, al crearlas el alcalde de turno está cometiendo un delito de prevaricación? Por otra parte, si la creación de la plaza que luego se adjudicó a David Sánchez, es una conducta prevaricadora, ¿la creación de secretaria de alta dirección creada en la Diputación de Valencia y adjudicada inmediatamente a la pareja del presidente de la Generalitat Valenciana para que ésta trabajase en un lugar próximo al del referido presidente, por qué no se considera también prevaricación?, porque esa plaza se creó por “urgente e inaplazable necesidad” y fue adjudicada a la referida pareja del presidente de la Generalitat valenciana. En conclusión, parece claro que se ha condenado a David Sánchez sin pruebas directas, sólo por meros indicios y sospechas que no han sido acreditadas en juicio. ¿No es esto lawfare para echar a Pedro Sánchez?

Por su parte, también hemos conocido que la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid ha avalado parte de lo instruido por el juez Peinado y ordena que continúe el procedimiento de juicio con jurado contra la esposa del presidente del gobierno, Begoña Gómez, por los delitos de tráfico de influencias y malversación. Considera válida la tesis de Peinado relativa a que Begoña Gómez se habría aprovechado de su condición de esposa del presidente del gobierno Pedro Sánchez para “conseguir el apoyo de los responsables de la Universidad Complutense de Madrid para la creación de una cátedra extraordinaria y en el marco de esta, recabar financiación de diversas empresas privadas”. Lo más sorprendente es que la sala considera que “la sola relación de parentesco por vínculo matrimonial con la más alta autoridad del Gobierno de la nación, en determinados contextos y circunstancias, como los aquí analizados puede comportar una presión moral eficiente a efectos de conformar el tráfico de influencias”. Es decir, un argumento claramente machista y de una sociedad tradicional, caciquil y decimonónica en la que la mujer de un presidente, de una alta institución del Estado, de un alto cargo, no debe dedicarse a ninguna otra profesión que no sea la de ser “esposa de”, dicho de otro modo: “mujer florero”. En Román Paladino, lo que está transmitiendo la Audiencia Provincial de Madrid es que ante cualquier profesión o puesto de trabajo que se adjudique al consorte de un presidente de gobierno existirá siempre un delito de tráfico de influencias. Un argumento absolutamente bochornoso.

Para finalizar, me voy a referir a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) relativa a la Ley de Amnistía que aprobó el gobierno actual con la ayuda de sus socios parlamentarios al inicio de la presente legislatura. El TJUE considera que la ley se adecúa perfectamente a la normativa europea, también la normativa antiterrorista, no atenta contra los intereses financieros de la Unión y que, además, ha servido para resolver un problema político preexistente “en aras de un objetivo de reconciliación nacional”, puesto que la define como “un instrumento adecuado para apaciguar un conflicto político o social”. Con todo ello, cuando la justicia española se está oponiendo frontalmente a la referida ley, cuando ha habido manifestaciones de jueces en las puertas de los juzgados mostrándose radicalmente en contra de la ley de amnistía – y pongo como ejemplo la fotografía que salió en todos los medios, también nacionales, de varios magistrados y jueces de juzgados de Salamanca oponiéndose radicalmente a la ley de amnistía-, cabe preguntarse lo siguiente: ¿se puede considerar este comportamiento de la justicia española como una manifestación más de “lawfare” contra el Gobierno presidido por Pedro Sánchez?. Ya se sabe, como dijo el ínclito ex presidente que intentó engañar a todos los españoles imputando el mayor atentado de Europa, el del 11-M en España, a ETA en lugar de imputárselo al terrorismo islamista: “el que pueda hacer, que haga”.

Con esta resolución del TJUE ha quedado de manifiesto también la postura reaccionaria, atrabiliaria y obscena de la oposición política de la derecha extrema del PP y de la extrema derecha de VOX. La derechona española ha convocado una infinidad de manifestaciones contra la ley de amnistía, han hecho declaraciones incendiarias contra el Gobierno y los nacionalistas catalanes y vascos, han identificado a nacionalistas con terroristas, han coreado el infame mensaje contra el presidente del Gobierno de “que te vote Txapote”, han llenado plazas, calles y paseos de toda España con banderas, estandartes y pancartas en las que se leía “Pedro Sánchez, hijo de puta”. Pero, en cambio, ahora, tanto Feijóo como Ayuso y los dirigentes más reaccionarios, callan, lo único que dicen es que respetan la decisión del TJUE y que “hay que pasar página”. Es increíble como estos líderes ultras y radicales quieren darle la vuelta a la tortilla. ¿Pero estos personajes creen que los ciudadanos somos imbéciles?, ¿creen que la sociedad española tiene amnesia? Lo que ha quedado de manifiesto es que si ha sido posible la ley de Amnistía, si este instrumento ha servido para que el grave problema social que produjo todo lo relativo al denominado “Procés”, se haya desinflado y la sociedad española se haya reconciliado y sea cada día más próspera, no es debido a la aportación de la derechona política y mediática, sino que ha sido debido al trabajo de las fuerzas políticas que han apoyado al Gobierno presidido por Pedro Sánchez.

Lo descrito anteriormente pone de manifiesto el riesgo que supone para la convivencia el funcionamiento anómalo de la administración de justicia. El conocido Fiscal Carlos Castresana, en su última publicación titulada “Bajo las togas”, advierte sobre el peligro que provocan las decisiones judiciales erróneas y que suscribo en su totalidad: “cuando se entrecruzan la ignorancia, los prejuicios, las intenciones aviesas, pasiones tales como el amor o el odio, o pecados capitales como la avaricia, la envidia, la soberbia o la lujuria, el sueño de la justicia produce monstruos y obtenemos el resultado contrario al pretendido: en vez de reparar los entuertos, la justicia los legaliza y los hace aceptables. Son infamias, pues, bendecidas, a sabiendas o no, por resoluciones judiciales”.

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