Los hechos tuvieron lugar en el domicilio familiar y el tribunal lo ha absuelto de un segundo cargo de violación debido a contradicciones en las fechas proporcionadas por la denunciante.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a una pena de tres años de prisión a un hombre por un delito de agresión sexual cometido contra su esposa en el domicilio familiar. La sentencia de la Sección Única, fechada el 30 de junio de 2026, le impone asimismo la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante un periodo de seis años.
El tribunal considera probado que los hechos ocurrieron el 9 de abril de 2022, cuando el acusado aprovechó que su mujer dormía la siesta junto a la hija menor de ambos para realizarle tocamientos de carácter libidinoso. A pesar de que la víctima le pidió que parase y que "respetase por lo menos a la niña", el procesado continuó con la agresión hasta que la menor se despertó.
Por el contrario, los magistrados han absuelto al acusado de un segundo delito continuado de agresión sexual del que venía siendo acusado por la Fiscalía y la acusación particular. Esta segunda acusación se refería a un supuesto episodio de violación que habría tenido lugar en el domicilio de la abuela de la víctima en diciembre de 2018 o 2019.
La sala ha determinado que en este último caso existe una falta de pruebas de cargo suficientes y contradicciones relevantes en el testimonio de la denunciante respecto a las fechas, lo que generó indefensión en el acusado y obliga a aplicar el principio in dubio pro reo.
Uno de los aspectos clave analizados en el juicio ha sido la tardanza de la víctima en denunciar los hechos. Durante la vista oral, la mujer declaró que demoró la denuncia porque pensaba que estos episodios no eran delictivos, al estar convencida de que estaban justificados por la existencia del débito conyugal.
Esta creencia fue ratificada por los informes de los profesionales médicos y psicológicos que comparecieron en el proceso. Su psiquiatra explicó que la víctima normalizaba las relaciones forzadas como parte de la convivencia debido a su percepción tradicional del matrimonio y a su entorno familiar.
La sentencia alude a la consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establece que el retraso en denunciar no resta credibilidad a las víctimas de agresiones sexuales. El alto tribunal recuerda que "cuesta mucho denunciar" y que el silencio inicial es una reacción lógica marcada por el temor o la vergüenza.
Además de la pena privativa de libertad, la Audiencia de Salamanca ha impuesto al condenado una medida de libertad vigilada de seis años, que se ejecutará con posterioridad a la pena de prisión. Durante este tiempo, tendrá prohibido comunicarse o acercarse a menos de 300 metros de la víctima.
Asimismo, el fallo judicial establece la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un periodo de siete años.
En concepto de responsabilidad civil, el procesado deberá indemnizar a la perjudicada con 3.000 euros por daños morales. Aunque la acusación solicitaba inicialmente 10.000 euros, el tribunal ha moderado la cuantía al tratarse de un episodio aislado y no violento, y tras haber sido absuelto del cargo más grave.
Respecto al cargo del que ha sido absuelto, el tribunal argumenta que la denunciante incurrió en una modificación esencial de su relato durante el juicio oral. Mientras que en la denuncia y en la instrucción situó los hechos en diciembre de 2019, en el plenario cambió la fecha a diciembre de 2018.
Los magistrados señalan que este cambio sorpresivo de fecha impidió articular una defensa adecuada al acusado. Además, destacan que en diciembre de 2019 la mujer estaba embarazada, un hecho de gran relevancia que debería haber servido para anclar el episodio en su memoria.
La resolución judicial, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, declara de oficio la mitad de las costas procesales y condena al acusado al pago de la otra mitad correspondiente al delito por el que ha sido condenado.