Extrajo 3.320 euros de cajeros automáticos utilizando la tarjeta de una mujer con deterioro cognitivo a la que atendía.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un año y once meses de prisión a una mujer por un delito continuado de estafa, tras quedar probado que utilizó la tarjeta bancaria de la anciana de 97 años a la que cuidaba para extraer 3.320 euros sin su consentimiento. La víctima, que falleció en 2025, padecía un grave deterioro cognitivo.
La sentencia, emitida por la Sección Primera y a la que ha tenido acceso este medio, detalla que la acusada fue contratada entre finales de 2021 y julio de 2022 para prestar servicio de ayuda a domicilio en una vivienda de la capital del Tormes. Entre sus funciones se encontraba acompañar a la mujer a realizar gestiones bancarias rutinarias.
Aprovechando esta circunstancia y el conocimiento del número PIN de una tarjeta de Unicaja Banco, la condenada realizó hasta diez operaciones de reintegro en cajeros automáticos entre el 19 de mayo y el 10 de julio de 2022. Las extracciones oscilaron entre los 100 y los 500 euros, sumando un total de 3.320 euros que la acusada incorporó a su patrimonio personal.
El tribunal considera probado que la anciana, debido a su avanzada edad y a un trastorno cognitivo diagnosticado en 2018, carecía de los conocimientos y la destreza necesarios para operar en cajeros automáticos. De hecho, la resolución subraya que la víctima acudía habitualmente de forma presencial a las sucursales para retirar dinero en efectivo.
Absolución parcial y responsabilidad civil
La resolución judicial absuelve a la cuidadora de otras extracciones realizadas en ventanilla y en cajeros de otra entidad bancaria, al no existir pruebas concluyentes de su autoría en esos movimientos específicos. Asimismo, la sala ha desestimado aplicar el subtipo agravado por abuso de relaciones personales, al considerar que el vínculo entre ambas era estrictamente laboral y no existía una confianza excepcional demostrada.
Además de la pena de prisión, la sentencia impone a la acusada la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y el pago de las costas procesales. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con 3.320 euros, más los intereses legales correspondientes, a los herederos de la víctima, representada en el proceso por su sobrino.
La resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de diez días.