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Los menores de 16 años que sean pillados conduciendo un patinete serán multados con 500€
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CIUDAD RODRIGO | NORMATIVA

Los menores de 16 años que sean pillados conduciendo un patinete serán multados con 500€

Actualizado 12/06/2025 11:00

La multa por llevar pasajeros será de 80€, y por circular por lugares prohibidos o por no llevar casco, de 200€

Desde este miércoles 11 se encuentra en vigor -producto de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca- la nueva Ordenanza municipal reguladora del uso en Ciudad Rodrigo de los denominados vehículos de movilidad personal (VMP), que son aquellos vehículos para una única persona impulsados por un motor eléctrico que alcanzan una velocidad de entre 6 y 25 kilómetros por hora. Los VMP más extendidos son los patinetes eléctricos, pero también lo son scooters eléctricos, segways o hoverboards.

A partir de ahora, estos vehículos no podrán circular por aceras, paseos peatonales, jardines, parques, otras zonas verdes como El Picón, la Alameda Vieja, la Alameda de la Moretona y la zona verde del Paseo de Carmelitas, y por las avenidas de Salamanca, de España, de Portugal, de Béjar y de Conde de Foxá, así como por la travesía Clemente Velasco. En aquellas vías por las que sí pueden circular, deberán ir por la calzada y lo más próximo a la derecha, aunque dejando una separación de seguridad con los bordillos de las aceras.

En lo que se refiere a los lugares de estacionamiento, deberán situarse en los “espacios habilitados para ello”, incluido aparcamientos para bicis, quedando prohibido dejarlos en aceras, pasos de peatones, accesos a edificios o en cualquier lugar que obstaculice el tránsito peatonal o de vehículos. Aquellos que se encuentren mal estacionados, serán retirados por los servicios municipales al igual que cualquier otro vehículo mal aparcado.

Para poder conducir estos vehículos será necesario tener al menos 16 años. Los conductores deberán llevar casco homologado, elementos reflectantes y un timbre o dispositivo sonoro (para alertar a otros usuarios), y si circulan de noche, luces delanteras y traseras. A la hora de circular, se deben mantener las dos manos agarrando el manillar (salvo para señalizar maniobras de giro o detención), y no se podrá ir escuchando música o similar mediante cascos o auriculares.

El incumplimiento de esta normativa llevará aparejado la imposición de sanciones. En concreto, serán multados con 80€ aquellos que circulen sin elementos reflectantes o luces, y aquellos que lleven pasajeros; con 200€, los que circulen por lugares prohibidos, superen la velocidad permitida, o no lleven casco; y con 500€, los que circulen bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes, pongan en peligro la integridad de peatones u otros usuarios, y los menores de 16 años a los que se descubra conduciendo este tipo de vehículos.