La Sala considera que la Audiencia Provincial no motivó suficientemente la imposición de una pena superior al mínimo legal, aunque confirma la culpabilidad del acusado.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha modificado la condena impuesta a un varón declarado culpable de una agresión sexual y un delito leve de lesiones ocurridos en Salamanca durante una fiesta de fin de curso en junio de 2021. La Sala de lo Civil y Penal, en una sentencia fechada el pasado 20 de mayo de 2025, ha rebajado la pena de prisión por la agresión sexual de seis a cuatro años, si bien ha confirmado la autoría de los hechos y la condena por los mismos.
La principal razón para esta reducción, según detalla el fallo del TSJCyL, radica en una "falta de motivación" por parte de la Audiencia Provincial de Salamanca al fijar la pena inicial de seis años en su sentencia del 17 de octubre de 2024. El tribunal de apelación considera que la Audiencia no explicitó de forma adecuada por qué imponía una pena dos años por encima del mínimo legal de cuatro años establecido para este delito en la legislación aplicable (LO 10/2022), especialmente al no concurrir circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. El TSJCyL califica el razonamiento de la Audiencia como "puramente genérico".
A pesar de la rebaja en la duración de la pena privativa de libertad, el TSJCyL ha desestimado íntegramente los demás motivos del recurso de apelación presentados por la defensa del condenado, que buscaban la absolución alegando error en la valoración de la prueba o falta de pruebas suficientes. La sentencia de apelación ratifica que el testimonio de la víctima, junto con las pruebas testificales, periciales (que constataron lesiones físicas y un agravamiento de su estado psíquico compatibles con lo denunciado) y documentales presentadas, son suficientes para enervar la presunción de inocencia y acreditar la comisión de la agresión sexual y el delito leve de lesiones.
Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 5 de junio de 2021, cuando el condenado, tras una celebración de fin de curso de los estudios universitarios de "Historia y Ciencias de la Música", llevó a la joven a su piso en Salamanca, donde se produjo la agresión. El TSJCyL confirma el resto de los pronunciamientos de la sentencia de instancia, que incluían una multa por el delito leve de lesiones, diversas medidas accesorias como la prohibición de aproximación a la víctima, y una indemnización por los daños morales y las secuelas sufridas. Contra esta nueva resolución cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que podrá prepararse en un plazo de cinco días.