, 07 de diciembre de 2025
Volver Salamanca RTV al Día
¿Cuándo se puede aplicar un juicio rápido?
X

Ley española

¿Cuándo se puede aplicar un juicio rápido?

Actualizado 16/02/2025 12:00

La aplicación de un juicio rápido dependerá de lo establecido en el atestado policial. Por ejemplo, en delitos de alcoholemia, se requiere de este informe cuando es detenido y se pone a disposición del juzgado de guardia

El juicio rápido es un procedimiento penal utilizado para agilizar la resolución de ciertos delitos de menor gravedad. Regulado en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, permite reducir los tiempos procesales y optimizar el funcionamiento de los juzgados. A continuación, analizaremos en qué casos se aplica

¿De qué se trata el juicio rápido?

Este no es más que un proceso sencillo y rápido que agiliza la instrucción y, por ende, el enjuiciamiento del supuesto delincuente. Según el artículo mencionado, el juicio rápido puede aplicarse a delitos cuya pena de prisión no supere los 5 años o que impliquen otras penas de hasta 10 años. Esto es independiente de la cuantía del delito y de si las penas son únicas, alternativas o conjuntas.

Además, se tienen que cumplir otros requisitos para recurrir a este proceso, a saber:

  1. Que se presuma que la instrucción sea sencilla.
  2. No sea procedente acordar secreto de actuaciones.
  3. El juicio inicia con un atestado policial y que haya sido detenido o citado en calidad de denunciado ante el Juzgado de guardia.

Ahora bien, la aplicación de un juicio rápido dependerá de lo establecido en el atestado policial. Por ejemplo, en delitos de alcoholemia, se requiere de este informe cuando es detenido y se pone a disposición del juzgado de guardia. Vale mencionar que, aun cuando no haya sido detenido, se debe realizar el atestado policial, mismo que será tomado como prueba en el juicio rápido.

Por otro lado, si se prevé que el caso es más complejo y, por ende, su instrucción, se tendrá que cambiar el proceso. Esto se debe a que se requerirá de más investigación y diligencias que lleven a una resolución óptima del caso. Tampoco será posible hacer un juicio rápido si el delito está relacionado con otros de tipo penal que no puedan ser enjuiciados por esta vía.

Delitos que se pueden resolver en juicios rápidos

El mismo artículo 795 de la LECrim, en su numeral 2, describe qué delitos pueden ser enjuiciados bajo el proceso de juicio rápido:

  • Lesiones, amenazas, coacciones y violencia física o psicológica, dirigidas a las personas que menciona el artículo 173, numeral 2 del Código Penal.
  • Robo y hurto.
  • Delitos contra la seguridad vial, como alcoholemia.

Los daños mencionados en el artículo 263 del Código Penal.

Los delitos contra la salud pública regulados en el artículo 368 del Código Penal.

Los delitos contra la propiedad intelectual e industrial tipificados en los artículos 270 a 275 del Código Penal. Vale mencionar que deben ser capturados en flagrancia.

El procedimiento para enjuiciar estos delitos bajo un juicio rápido siempre será el mismo:

  1. Apertura de diligencias mediante atestado policial dentro de las 72 horas siguientes a ser detenido cometiendo el delito o poco después de haberlo hecho.
  2. Fase de instrucción, donde se relatan los hechos ante el juzgado de guardia.

En este momento es que se solicitan las medidas cautelares, o bien, el sobreseimiento de la causa.

El juicio oral que se realiza dentro de los 15 días siguientes a la fase de instrucción y donde el acusado presenta su defensa.

Sentencia del caso, dentro de los tres días siguientes al juicio oral. El acusado tendrá cinco días para apelar, en el caso de no estar de acuerdo con la decisión del juez.