Por cada uno de los huecos (de 4 metros cuadrados) se deberán pagar 80€
Hasta las 14.00 horas del próximo miércoles 22 de enero está abierto el plazo de presentación de solicitudes para instalar durante los días de celebración del Carnaval del Toro 2025 (es decir, del viernes 28 de febrero al martes 4 de marzo), puestos de venta ambulante en tres zonas de Ciudad Rodrigo: el Parque de La Glorieta, la Plazuela del Buen Alcalde y la Plazuela del Conde.
En esta ocasión, se cuenta con 191 espacios disponibles (de 4 metros cuadrados cada uno), 4 menos que en años anteriores, ya que deja de ofertarse la posibilitad de instalar puestos en la Avenida de Yurramendi (al salir de las Puertas de Amayuelas), y se reducen en un par los puestos de la Plazuela del Buen Alcalde. Así, de cara al Carnaval 2025 hay disponibles 94 huecos en el paseo central del Parque de La Glorieta y en el entorno del Monumento al Garrochista, 57 en la Plazuela del Conde y 40 en la Plazuela del Buen Alcalde (6 de ellos en la calle Jazmín).
Como es habitual, los interesados pueden solicitar más de un hueco, para hacer su puesto más grande, pagando 80€ por cada hueco. En estos puestos se podrán vender al por menor productos al uso: marroquinería, bisutería, textil, calzado, mercería, artículos de uso doméstico, juguetes, artículos de ornato y de bazar, de regalo, artesanía o golosinas, estando prohibida la venta de comida y bebida, y de productos que por sus características “comporten riesgo físico o sanitario”.
En función del número de solicitudes presentadas, el Ayuntamiento repartirá los huecos disponibles, procurando adecuar el espacio a las solicitudes, para lo cual se podrían minorar los puestos más grandes (a la hora de hacer este reparto, se tomará como referencia la ordenación de puestos de años anteriores). Si no fuera posible encajarlos a todos, se haría un sorteo público entre todos los solicitantes.
A la hora de remitir su solicitud, los interesados deben presentar su DNI (si son empresarios individuales) o la estructura de constitución en el caso de personas jurídicas, la declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones de contratar, documentos acreditativos de la solvencia profesional (alta en el régimen de la Seguridad Social, certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, etc.), y copia del seguro de responsabilidad civil de la actividad desarrollada.