No es el “sábado de Gloria” de 1977 (9 de abril) en el que se legalizó el PCE, sino el de 2024 (47 años después). Parece que las noticias que generan cierta polémica se reservan para momentos en los que los ciudadanos estamos alejados de la actividad laboral, de los problemas cotidianos, para “pillarnos” despistados y sin capacidad de reacción.
El tema que nos ocupa, no puede dejarnos impasibles, sin una reflexión crítica coherente y sensata que combata -siempre con argumentos históricos, sociológicos y jurídicos- las manipulaciones y falsedades plasmadas en la proposición de ley “de concordia de Castilla y León” que los grupos parlamentarios de PP y VOX han presentado en las Cortes Castellanoleonesas; texto que, con bastante certeza y si no hay una fuerte oposición que lo remedie, será el que finalmente obtenga el rango de Ley, ya que ambos grupos cuentan con la mayoría absoluta en las Cortes y gobiernan en coalición nuestra comunidad autónoma.
En la Exposición de Motivos del texto se parte de premisas intencionadamente erróneas y perversas que demuestran una visión sesgada, partidista y rencorosa de nuestra historia reciente y se ignoran las normas y convenios internacionales sobre la materia. Se están equiparando la Segunda República, la Guerra Civil y el Franquismo, metiendo en el mismo saco los diferentes momentos históricos y hay que dejar claro que la Segunda República supuso un periodo democrático y constitucional avanzado, nunca vivido antes en España y que se tradujo en importantísimas reformas políticas, sociales, económicas y culturales. Esa visión perversa y sesgada de la historia por parte de los proponentes de esta proposición de ley (PP y VOX) quiere denigrar la ilusionante etapa de la Segunda República para dar a entender que esta fue la causa inmediata de la Guerra Civil y no el golpe de Estado del 18 de julio de 1936. Es cierto que también se cometieron errores en la Segunda República y hubo exaltados que provocaron altercados y represión contra algunos colectivos e instalaciones (religiosos y quemas de conventos), pero también es rigurosamente cierto que esos colectivos e individuos perseguidos fueron dignificados como merecían, recordados y homenajeados por la dictadura franquista posteriormente. En cualquier caso, aquéllas barbaridades (siempre condenables, por supuesto) no pueden empañar la época de ilusión colectiva y de progreso social y económico que supuso la Segunda República.
En el texto, en ningún momento al franquismo se le identifica con una dictadura y tampoco se menciona el golpe de Estado del 36 que acabó, por la fuerza, con el régimen político democrático y constitucional de la Segunda República provocando una guerra fratricida, larga y cruenta. Tampoco se especifica que los golpistas dirigidos por Sanjurjo, Mola, Franco, Queipo y todo su séquito criminal, fueron apoyados por los nazis de Hitler y los fascistas de Mussolini y que la victoria del franquismo y su dictadura fue el prólogo de las agresiones a otros países y el comienzo de la Segunda Guerra Mundial, condenados posteriormente por el Tribunal de Nüremberg, conforme a la Resolución 95 (I) de 11 de diciembre de 1946, de la Asamblea General de Naciones Unidas, y que ha pasado a formar parte del moderno Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, como establece el Preámbulo de la Ley 20 /2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática. Recordemos que en este apartado, muchos de los exiliados españoles, fundamentalmente los que abandonaron España a través de Francia, terminaron, primero, en campos de refugiados franceses y con la ocupación nazi de Francia y mediante la complicidad del régimen franquista –sobre todo de dirigentes como Serrano Suñer- esos españoles fueron considerados enemigos del Tercer Reich y enviados a campos de concentración nazis, la mayoría en Mauthausen, donde sufrieron las gravísimas consecuencias del exterminio nazi.
Por su parte, las violaciones de derechos humanos durante la Guerra Civil y la dictadura franquista también fueron condenadas por el Consejo de Europa, en marzo de 2006, que señala que “durante la Guerra de España se cometieron gravísimos crímenes y que durante la posterior dictadura franquista se estableció un sistema político autoritario que reprimió masivamente todo atisbo de oposición política de manera sistemática y generalizada”. Nada se dice en esta “vergonzosa” Exposición de Motivos de las execrables violaciones de los derechos humanos por la dictadura franquista, de las ejecuciones extrajudiciales, de las detenciones arbitrarias, de las desapariciones forzadas (más de 114.000 personas según datos corroborados por diversos expertos internacionales y que han sido categorizadas como crímenes de lesa humanidad cometidos por el franquismo, avalado por Naciones Unidas), de las torturas, de los campos de concentración y los trabajos forzados, del secuestro de niños a las presas republicanas, de las eugenésicas teorías de exterminio de los que profesaban ideas políticas diferentes a las del Régimen proclamadas por el psiquiatra de cámara del dictador, Vallejo Nájera, ni, por supuesto, se condenan las atrocidades cometidas durante aquélla terrible y abominable época, nada menos que cuatro décadas (1939-1975).
Por todas estas consideraciones, tampoco es cierto, como falsamente se afirma en esa “funesta” Exposición de Motivos, que en la historiografía reciente no haya habido un relato consensuado sobre la realidad de la Segunda República, el execrable golpe de Estado, la Guerra Civil y la terrorífica dictadura franquista. Historiadores tan prestigiosos como Paul Preston, Ángel Viñas, Julián Casanova, Hught Thomas, Ian Gibson o Santos Juliá, por poner algunos ejemplos, coinciden abiertamente en calificar el golpe de Estado como causante de la Guerra Civil, un golpe de Estado, como afirman claramente, apoyado por los caciques, grandes hacendados, oligarcas y aristócratas españoles que no querían perder sus privilegios ancestrales, que querían mantener su “Statu quo” de sometimiento a las clases más populares, trabajadoras y socialmente más desfavorecidas de la sociedad. Aún recuerdo las magistrales clases que recibí de uno de mis maestros, Tomás y Valiente (gran historiador del derecho y jurista de reconocido prestigio) en las que ahondaba en esta crítica hacia aquéllos poderosos que nunca creyeron en el pueblo ni en un sistema democrático pleno, porque querían mantener el poder político y económico, porque se creían herederos universales del mismo, por casta y por tradición y que siempre fueron apoyados por la Monarquía absoluta y los poderes fácticos.
De acuerdo con lo expuesto, si en ningún momento se condena el franquismo, ni se le califica como dictadura, ¿cómo se puede determinar en el artículo 1 que una de las finalidades primordiales de la ley es el “reconocimiento de quienes padecieron persecución o violencia por motivos ideológicos, religiosos y sociales desde el año 1931 hasta el año 1978”, si en ningún apartado del texto se reconoce a la dictadura como régimen de exterminio que ha generado víctimas? Por otra parte, ¿por qué no se incluyen en este reconocimiento a todos los que sufrieron persecución o violencia durante la dictadura, como recogen la Ley de Memoria Democrática de 2022 y los Convenios Internacionales sobre la materia; es decir, “los que sufrieron persecución o violencia, por razones políticas, ideológicas, de pensamiento u opinión, de conciencia o creencia religiosa, de orientación e identidad sexual”? ¿Acaso, por ejemplo, los que sufrieron persecución por su orientación sexual, como la sanción de internamiento en campos de concentración o en cárceles, de los homosexuales según lo previsto en las derogadas leyes de Vagos y Maleantes o de Peligrosidad y Rehabilitación Social, no tienen derecho a ser reconocidos, dignificados y recordados? ¿dentro de lo que denominan “motivos ideológicos” se incluyen también todos los motivos políticos y de pensamiento u opinión?.
Siguiendo con el articulado del texto, llama la atención que en la solicitud, procedimiento administrativo y resolución para las actuaciones de localización, exhumación e identificación de restos de víctimas que se encuentren en paradero desconocido en fosas comunes, por ejemplo, se haya incluido en el artículo 13.7 el silencio administrativo negativo, es decir, que la falta de resolución administrativa “expresa en el plazo de seis meses desde la iniciación del procedimiento habilita a los interesados a tener por desestimadas sus pretensiones por silencio administrativo”. Lo que hace pensar que lo que realmente pretende el ejecutivo de Castilla y León es hacer caducar las solicitudes, lo que dificultará notablemente la exhumación de fosas y, en consecuencia, la dignificación, reconocimiento y memoria de los que sufrieron los desmanes de la dictadura franquista.
Todo ello se agrava aún más al no permitir que asociaciones memorialistas y expertos independientes y pertenecientes a la investigación universitaria, puedan formar parte de la Comisión de Exhumaciones, órgano colegiado cuyo cometido principal es resolver las solicitudes para la localización y exhumación de fosas. Es decir, la Junta de Castilla y León quiere cercenar vilmente la participación ciudadana en este proceso tan importante. En esa comisión sólo formarán parte profesionales de la Consejería competente, además de representantes de la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León. En Román Paladino, lo que quiere la Junta de Castilla y León es politizar ese proceso y nombrar, sin rubor, a los miembros que consideren conveniente desde el gobierno regional, para no hacer nada y paralizar los procesos de exhumación, derogar por la puerta de atrás la Ley de Memoria Democrática estatal, manipular la historia reciente y, en consecuencia, acabar con la dignificación y memoria de las víctimas de la dictadura franquista.
Esta es una constante más de las políticas reaccionarias y de rencor que ha iniciado el PP en las administraciones territoriales donde gobierna. Y de la mano de VOX, como es lógico, una formación política ultraconservadora y radical que niega la violencia de género, que está intoxicando la educación de los más jóvenes dando charlas en colegios e institutos para intentar adoctrinar a los alumnos, diciéndoles que el aborto no es ningún derecho de la mujer, promoviendo la tipificación como delito en el Código penal del aborto consentido por la embarazada dentro de los plazos previstos. Lo que pretenden PP y VOX con la aprobación de la ley de concordia es blanquear el franquismo y derogar la legislación sobre memoria histórica y democrática, algo que también PP y VOX están promoviendo en otras comunidades autónomas, como la de Valencia.
Para finalizar, tengo que afirmar, categóricamente, que esta ley nada tiene de concordia, sino de olvido y, recordemos, como bien se plasma en la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, que “el olvido no es opción para una democracia”, no se puede construir la convivencia pacífica y democrática en una sociedad, desde el olvido, sin restañar las heridas, sin el reconocimiento de los hechos y la dignificación de los injustamente vilipendiados y oprimidos; en definitiva, sin la “memoria”, porque, como acertadamente dijo nuestro entrañable cantautor Joan Manuel Serrat en el acto del Día de las víctimas de la Guerra y la dictadura de 2023, “los pueblos que pierden la memoria pierden la llave para abrir las puertas del futuro”.
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