La aplicación del Ministerio de Vivienda permite consultar un rango de precios en función de las características de la residencia.
El Ministerio de Vivienda ha publicado los datos del Sistema Estatal de Referencia del Precio del Alquiler de Vivienda.
Puede consultarse para cada vivienda aquí, introduciendo la dirección completa o la referencia catastral.
Al entrar se deben indicar las características de la vivienda y del contrato de arrendamiento: año de construcción, superficie, si dispone de ascensor y aparcamiento, estado de conservación, si está amueblado, altura del piso, certificado energético, zonas comunitarias, servicios de conserjería, etc. Algunas de estas características (superficie y antigüedad del edificio) son proporcionadas en tiempo real por la base de datos del Catastro Inmobiliario.
La aplicación del Ministerio ofrece automáticamente un rango de valores de la vivienda, expresados en euros mensuales de alquiler.
También se puede generar un informe en pdf con los resultados, cuyo contenido será verificable a través de la aplicación.
El sistema ofrece un rango de valores de precios de alquiler, atendiendo a la localización, superficie y demás características, para viviendas alquiladas situadas en edificios de tipología residencial colectiva de más de cinco años de antigüedad, y cuya superficie construida no sea inferior a 30 m2 ni superior a 150 m2.
En las ponderaciones utilizadas por el Ministerio de Vivienda, la planta baja con patio tiene la mayor puntuación, junto con el ático y los pisos 7º en adelante. También puntúan las “vistas especiales”.
En zonas que se declaren de mercado residencial tensionado el valor superior del rango marcará el límite de la renta en los nuevos contratos de alquiler de vivienda de grandes tenedores, así como en todos los nuevos contratos de alquiler de viviendas situadas en dichas zonas tensionadas, que no hayan estado arrendadas en los últimos cinco años.
Por el momento, solo Cataluña ha solicitado la declaración de zonas de mercado tensionado. Vea aquí qué implica la declaración de zona de mercado tensionada para los contratos de alquiler de vivienda.
Según la información facilitada por el Ministerio de Vivienda, el índice de precios ofrece una horquilla conformada por un valor inferior y uno superior, en la que se entiende que debe situarse de manera orientativa la renta del alquiler de una vivienda, según los últimos datos disponibles.
Se ha elaborado a partir de diversas fuentes de información, pero para estimar la renta básicamente se toma el dato obtenido de las declaraciones de IRPF por parte de arrendadores de vivienda cuyo uso sea exclusivamente de vivienda habitual, que son personas físicas.
El problema es que la última información disponible en 2024 proviene de datos de 2022, y se explotan datos desde el año 2015, con lo que existe un decalaje temporal importante con la realidad actual.
Por lo tanto, los precios resultantes del índice tienen poco que ver con los precios que un aspirante a inquilino se encuentra cuando va al mercado a buscar una casa en alquiler.
Se plantea la cuestión de hasta qué punto es un índice útil o una referencia voluntarista cuya única aplicación práctica se limitará a su uso en las zonas declaradas de mercado tensionado.
Fuente: OCU.