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Los cazadores y pescadores de Castilla y León tendrán licencia gratis en 2023
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PUBLICADA EN EL BOCYL LA LEY DE REBAJAS TRIBUTARIAS

Los cazadores y pescadores de Castilla y León tendrán licencia gratis en 2023

Actualizado 12/12/2022 22:30
Miguel Corral

Además de la exención de licencia de Caza y Pesca, la nueva norma contempla otra serie de medidas dirigidas a favorecer a los habitantes del medio rural

El BOCyL ha publicado este lunes la LEY 2/2022, de 1 de diciembre, de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León, por la que a partir de mañana martes, y “durante el año 2023” se aplicará “una bonificación del 100 % del pago de la tasa general por licencias de caza y pesca, y también a la específica de caza con galgo”.

Junto con la aplicación de este compromiso adquirido por Fernández Mañueco la pasada legislatura, pero que no se pudo aplicar por la prórroga de los presupuestos, la aprobación de las nuevas previsiones económicas para 2023 lo han hecho posible. Ahora solo queda esperar si la gratuidad de licencias de caza y pesca se aplicará por los cinco años previstos en los nuevos presupuestos.

Junto con la exención de esta tasa, la LEY 2/2022, de 1 de diciembre, de rebajas tributarias en la Comunidad de Castilla y León ofrece otros beneficios exclusivos para los habitantes del medio rural, además de medidas de aplicación general para la ciudadanía castellano y leonesa, como es la reducción del tipo impositivo del primer tramo en el IRPF, que pasa del 9,5 al 9%.

En cuanto a medidas que benefician a los residentes en el medio rural, a efectos de seguir incentivando la natalidad en municipios de menos de 5.000 habitantes, como medida para combatir la despoblación, se incrementan las cuantías deducibles hasta los 1.420 euros por el primer hijo o hija, 2.070 euros por el segundo y los 3.300 euros por el tercero y siguientes. Esto supone un incremento de más de un 40 % con respecto a la deducción general aplicable por nacimiento o adopción.

Como medida de apoyo al emprendimiento rural, y con la finalidad de atraer y mantener negocios y empresas al medio rural, se mejora el tipo impositivo reducido aplicable a las transmisiones de inmuebles que se destinen a ser sede social o centro de trabajo en el medio rural cuando esa adquisición esté vinculada a la creación de empleo.

Por ello, desde la entrada en vigor de esta ley, el tipo impositivo en estos supuestos se reducirá del 3 %, aprobado en el año 2021, al 2 %, lo que supone una mejora sustancial respecto al tipo general del 8 % o del incrementado del 10 %.

El sector agrario constituye una de las principales ramas de la actividad en Castilla y León, siendo clave para su desarrollo económico, para mantener población en el medio rural y constituir su principal motor económico. Como medida de apoyo a dicho sector, y con el fin de facilitar y estimular la continuidad de la actividad agraria y el relevo intergeneracional, reduciendo de forma significativa la tributación por el cambio de titularidad de las explotaciones agrarias, se aprueba un tipo reducido del 4 %, frente al tipo general del 8 % o del incrementado del 10 %, aplicable a las transmisiones patrimoniales onerosas de aquellas explotaciones agrarias a que se refieren los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias.

Se aprueba también una bonificación del 100 % de la cuota del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, modalidad transmisiones patrimoniales onerosas, para los arrendamientos de fincas rústicas, siempre que la persona arrendataria tenga la condición de agricultor profesional y sea titular de una explotación agraria a la que afecte los elementos arrendados. Con esta medida se pretende equiparar la tributación de las fincas rústicas a los arrendamientos de inmuebles urbanos, como medida de impulso y refuerzo a la actividad agraria en el medio rural.