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El TSJ reafirma que el pleno del Ayuntamiento de Vitigudino de 25 de julio de 2019 fue nulo por defectos en la convocatoria
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SEGÚN LA SENTENCIA, LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN DEBERÍAN DEVOLVER LO COBRADO, INCLUIDA SEGURIDAD SOCIAL Y RETENCIONES

El TSJ reafirma que el pleno del Ayuntamiento de Vitigudino de 25 de julio de 2019 fue nulo por defectos en la convocatoria

Actualizado 02/11/2022 20:58
Redacción

Entre los acuerdos adoptados destaca la aprobación de dedicaciones parciales y exclusivas, así como las asignaciones a los concejales de la Corporación por la asistencia a órganos colegiados

El Grupo Cs en el Ayuntamiento de Vitigudino “se congratula” que el Ayuntamiento vaya a “recuperar los sueldos cobrados por la alcaldesa y dos concejalas desde agosto de 2019, así como los intereses, las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones correspondientes”, tras la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, notificada el 31 de octubre. Esta sentencia desestima íntegramente el recurso de apelación planteado por el Ayuntamiento contra la sentencia que dictó el Juzgado de lo Contencioso número 1 de Salamanca, que anulaba todos los acuerdos adoptados en el pleno del 25 de julio de 2019, entre otros el de establecer sueldos para la alcaldesa y dos concejalas, así como las retribuciones que perciben los concejales de la Corporación por asistencia a órganos colegiados.

Ahora la Sala de Valladolid ha confirmado dicha sentencia, dejando absolutamente aclarado que la convocatoria de dicho pleno, y de la comisión de cuentas que le precedió, fue nula de pleno derecho por un defecto de forma en la convocatoria, y también es nulo de pleno derecho, con efectos retroactivos desde entonces, el acuerdo por el que se aprobó el régimen de retribuciones y dedicaciones exclusivas.

Cabe recordar que nada más dictarse aquella Sentencia del Juzgado de lo contencioso nº 1 de Salamanca, el Ayuntamiento de Vitigudino celebró un pleno el 18 de enero de este año, para volver a aprobar los sueldos de la alcaldesa y dos concejalas, y retribuciones del resto de miembros de la Corporación, acuerdo también ha sido declarado nulo por el Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Salamanca, conforme a una de las sentencias conocidas la semana pasada, por no haberse entregado toda la documentación del acuerdo a los miembros de la Corporación.

La Sala de lo Contencioso no sólo ha ratificado la obligación de que se realicen todos los actos que sean precisos a fin de que sean repuestas las arcas públicas de las cantidades abonadas, sino que además condena expresamente al Ayuntamiento al pago de las costas procesales.

Según Cs, el montante total de estos sueldos a devolver hasta la fecha se estima que alcancen los 160.000 €, a lo que han de añadirse intereses legales desde agosto del año 2019, y además las cantidades que se ingresaron en la Seguridad Social como cotizaciones y las retenciones ingresadas en la agencia tributaria, todo lo cual supera con mucho la cifra de 200.000 euros, que han de regresar a las arcas municipales.

El concejal de Cs en el Ayuntamiento de Vitigudino, José Antonio Pérez Blanco, lleva con este más de una docena de recursos judiciales contra el Ayuntamiento por causa de las “continuas ilegalidades” en la toma de decisiones municipales. Además, desde Cs, destacan que “antes de acudir al Juzgado, y para evitar la contienda judicial, el concejal presentó recursos previos de reposición, con el fin de que la alcaldesa y el equipo de Gobierno pudieran reconsiderar su decisión y rectificar las ilegalidades cometidas, pero dichos recursos fueron desestimados, pese a la advertencia expresa de la clara ilegalidad del pleno”.

Desde Ciudadanos se anuncia la presentación de más actuaciones ante lo que “es un verdadero escándalo en la gestión municipal por parte del actual equipo de Gobierno, que se niega a convocar plenos, que mantiene unos presupuestos que llevan prorrogados desde 2015, que se niega a cumplir con lo ordenado en otras sentencias en materia de transparencia, y cuya última aventura consiste en aprobar una modificación de créditos para tapar gastos ya realizados por importe de más de 600.000 euros sin consignación presupuestaria, lo que además de una clara nulidad puede acarrear la consecuencia de responsabilidad personal de la alcaldesa y la anterior secretaria por disponer los pagos o contraer los compromisos de gasto sin haberse seguido el procedimiento legalmente establecido y por inexistencia o insuficiencia del crédito disponible”.

Contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJCyL cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque posiblemente no será recurrida por el Ayuntamiento sino que, por su trascendencia, se tomará otra serie de medidas, según ha podido saber este diario, pues la declaración de nulidad de los plenos y los acuerdos adoptados en estas sesiones, por defectos en las convocatorias, va más allá de las retribuciones de los miembros de la Corporación.