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Dictados tres bandos para regular el Carnaval, uno de ellos dedicado a ‘protocolos y normas Covid-19’
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CIUDAD RODRIGO | CARNAVAL DEL TORO 2022

Dictados tres bandos para regular el Carnaval, uno de ellos dedicado a ‘protocolos y normas Covid-19’

Actualizado 24/02/2022 15:45
David Rodriguez

En estos bandos se recogen las medidas que ha ido anunciando el Consistorio, como el control de espacios en el recinto amurallado

El Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo difundió en la mañana del jueves los bandos dictados por el alcalde Marcos Iglesias para regular normativamente el desarrollo del Carnaval del Toro 2022. Tradicionalmente, había dos bandos, uno de carácter general (con indicaciones variadas, sobre todo relativas a aspectos de seguridad), y otro centrado en los eventos taurinos (con una serie de indicaciones para corredores y espectadores), pero este año se les une un tercero, con el ‘protocolo y normas Covid-19’, según recoge su título.

Dentro del mismo se explica que la “situación tremendamente excepcional” originada por el coronavirus hace que la “reactivación” de eventos y actividades multitudinarias como el Carnaval deba realizarse “de forma progresiva” y “acompañarse de medidas preventivas y de control excepcionales que permitan garantizar su desarrollo con las máximas condiciones de seguridad para evitar la propagación del virus”. Por ello, se dictan una serie de “protocolos y normas” para “garantizar la salud pública de todos”, siendo además el Carnaval “ejemplo en su realización”.

El punto de partida es que rigen las medidas sanitarias actualmente vigentes por parte de las autoridades sanitarias competentes (el Gobierno y la Junta de Castilla y León). Ello implica por ejemplo el uso de la mascarilla –recomendándose el uso del tipo FFP2- si no se guarda la distancia de seguridad en la plaza de toros, que no tendrá límite de aforo. Además, se indica que no se autorizan actuaciones musicales en el exterior “en las que no se pueda controlar el aforo y el cumplimiento de las medidas de prevención de la Covid-19”.

Como ya se sabía, el Bando recoge la implementación del control de espacios en el recinto amurallado (con un dispositivo especial con apoyo de seguridad privada); y la posibilidad de instalar barras auxiliares en la vía pública por parte de aquellos establecimientos de hostelería que lo han solicitado (podrán funcionar hasta las 4.30 horas de la madrugada en las noches del Viernes y Sábado, y hasta las 2.00 horas en las noches de Domingo, Lunes y Martes).

Las medidas generales de seguridad

Respecto a los otros dos bandos (que dan por hecho que el Carnaval se alargará hasta el miércoles 2 con la jornada de Cenizos) la única novedad respecto a años anteriores, también anunciada previamente, es que los autobuses no podrán circular por el núcleo urbano de Ciudad Rodrigo desde las 9.00 horas de la mañana del Sábado hasta las 9.00 horas de la mañana del Domingo (excepto vehículos de transporte regular de viajeros y aquellos que estén autorizados).

En materia de vehículos, como es habitual, no podrá haber ninguno aparcado en el recorrido de los encierros desde 2 horas antes de su inicio. Si hay alguno, el Ayuntamiento los retirará y los propietarios serán sancionados. En el global del Carnaval, se recomienda, “dadas las características de los eventos” con grandes concentraciones de público, evitar el uso de vehículos y realizar los desplazamientos a pie.

En torno al encierro a caballo, el público podrá llegar hasta la Ermita de Valhondo, quedando prohibido el acceso al tramo comprendido entre la finca Casasola –desde donde partirá el encierro- y la Ermita (alrededor de 2,5 kilómetros). Esa denominada ‘zona de expansión’ del encierro, en la que no podrá haber público ni dentro ni fuera del recorrido, estará delimitada por la Policía Local. Respecto a ese encierro a caballo, estará prohibida la bajada de animales por la Avenida Conde de Foxá (del número 160 hacia adelante) a partir de las 10 de la mañana (los caballos deberán bajar antes de esa hora) así como de vehículos a motor.

En los Bandos se pide “comprensión ciudadana” ante las medidas que pudieran adoptar las fuerzas y cuerpos de seguridad para prevenir y garantizar el desarrollo de los eventos. Como es lógico, no se pueden ocupar los espacios reservados en encierros y en la Plaza Mayor a los servicios de la Plaza y a las autoridades gubernativas.

En torno a esos eventos, siguen vigentes las prohibiciones habituales: no se pueden tener maderas, escaleras, palets o carros dentro del recorrido, y no se pueden tener abiertas puertas o portales de los edificios situados en el recorrido de los encierros, siendo responsables de ello los usuarios o inquilinos de los mismos.

Respecto a los andamios, plataformas metálicas y otros elementos similares, estas estructuras deberán dejar 1,5 metros de separación con las agujas, y como máximo podrán tener una altura de 1,80 metros, no pudiendo en ningún caso entorpecer la visión de los edificios colindantes. Además, las plataformas elevadoras no podrán hacer uso de su sistema de elevación, quedando instaladas en su altura mínima. Sea cual sea el tipo de estructura, no podrán tener lonas, telas o plásticos.

Por último, se recuerda que el uso de locales y edificios como peñas será responsabilidad de los propietarios de los locales. Además, está prohibida la instalación de altavoces y cualquier sistema de sonido en la vía pública.

Las medidas para los eventos taurinos

El tercero de los bandos, el destinado específicamente a corredores y espectadores de los eventos taurinos, recoge como en años anteriores los artículos referidos a esos colectivos que aparecen en el Reglamento del Carnaval.

En esos artículos se expone, por ejemplo, que no pueden participar en los espectáculos taurinos los menores de 18 años; las personas que muestren síntomas de embriaguez, intoxicación por drogas o enajenación mental; los que por su condición física o psíquica puedan correr un excesivo peligro; los que tengan un comportamiento que pueda provocar situaciones de riesgo; o los que porten objetos o útiles que puedan dañar a los animales o perjudicar el buen desarrollo del espectáculo.

Respecto al desarrollo de los encierros, se recuerda que está prohibido “herir, pinchar, golpear, sujetar o tratar de cualquier otro modo cruel a las reses”, así como “cortar la marcha del toro, a la salida de los encierros y desencierros, volverlo, agarrarlo del rabo o cualquier otra maniobra con la intención de que se quede emplazado” además de prohibirse citar a los toros durante los encierros y desencierros.

En la Plaza Mayor, está prohibido “el cite al toro desde los burladeros, en particular a la salida de los toriles”, así como “subirse a las puertas que cierran el coso taurino y que dan acceso a las distintas calles de la Plaza Mayor”. Asimismo, los participantes tampoco se podrán subir “a los burladeros reservados al servicio de plaza, dado que no dispondrán de estribo”.

Asimismo, se prohíbe portar cámara de fotos o de vídeo, el uso de teléfonos móviles “o portar objetos voluminosos que impidan el buen desarrollo o que estorben a los demás participantes, como mochilas, paquetes, etc.”. De igual modo se puede expulsar de los recintos taurinos “aquellos que molestaren u ofendieran a otros y perturbaren gravemente el desarrollo de los festejos taurinos y requeridos por ello persistieran en su actitud”.

En este bando se recogen las posibles sanciones a las que se exponen los que incumplan esas prohibiciones. Si son consideradas infracciones leves, la multa puede ser de hasta 750€; si son graves, de 751 a 1.500€; y si son muy graves, de 1.501 a 3.000€.