Tras el final del estado de alarma se aplican las nuevas normas de la Junta de Castilla y León
Castilla y León fija el horario de cierre de la hostelería a las 00.00 horas tras el fin del Estado de Alarma este 9 de mayo, una fecha a partir de la que se elimina el toque de queda y el confinamiento perimetral de la Comunidad, donde se respetará el semáforo pactado en el Consejo Interterritorial de Salud y se clausurará el interior de bares en localidades con incidencias superiores a 150 casos por 100.000 habitantes.
Así lo indicaba este jueves el vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, quien defendía en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que no existe "seguridad jurídica" para mantener medidas como el toque de queda o el confinamiento de la Región tras el Estado de Alarma, como tampoco se puede limitar el número de personas en reuniones celebradas en domicilios ni los aforos de los lugares de culto porque sería atentar contra los derechos fundamentales.
Sin embargo, la Junta mantiene los aforos marcados en el "semáforo" para acceder a establecimientos de hostelería, casas de apuestas, comercios y demás establecimientos públicos de acuerdo con los niveles de alerta --actualmente todas las provincias de CyL están en nivel 4--.
De este modo, las provincias irán desescalando cuando cumplan todos los parámetros marcados en cada nivel, puesto que desde la Junta no se tiene "miedo" ni se ha actuado con "resignación" ante el fin del Estado de Alarma, según señalaba el propio Igea, que describió al gobierno autonómico como "uno de los más decididos en la gestión de la crisis".
Por el momento la Comunidad no se plantea confinar municipios, una medida que ya se adoptó en verano de 2020 ya que la Junta "confía en la responsabilidad de la gente".
Y es que a partir de este 9 de mayo, fecha en la que finaliza el estado de alarma, Baleares, Canarias, Navarra y la Comunidad Valenciana serán las únicas Comunidades Autónomas que mantendrán el toque de queda. Esto supone que únicamente algo más de nueve millones de españoles, el 19,21 por ciento de la población, seguirán con esta limitación a la movilidad nocturna.
Además, todas las autonomías levantarán a partir de ese día el cierre perimetral, salvo Baleares, que pide una justificación al desplazamiento. También la mayoría de las Comunidades Autónomas han decidido ampliar a partir del domingo el horario de cierre de la hostelería y algunas autonomías, como ha sido el caso de Andalucía, permitirá abrir los locales de ocio nocturno.
NIVELES DE ALERTA PARA HOSTELERÍA
En concreto, en el momento en el que el nivel de alerta sea el más bajo --el 1-- no habrá horario de cierre y el consumo podrá realizarse en barra, de pie o en mesa y no podrá superarse el 75 por ciento del aforo con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 25 personas.
En el nivel 2 se establece como horario de cierre de estos establecimientos la 01.00 horas como máximo y el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, y el 75 por ciento del aforo en mesa en las salas de hasta 40 comensales, en las salas de 41 a 60 comensales el aforo será de 30 personas y en las salas de más de 60 comensales el aforo será del 50 por ciento. La máxima ocupación por mesa o agrupación de mesas será de 10 personas.
En los niveles 3 y 4 se establece como horario de cierre de estos establecimientos las 24.00 horas como máximo, el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 75 por ciento del aforo en el caso de salas de hasta 40; en las salas de 41 a 60 comensales el aforo será de 30 personas, y en las salas de más de 60 comensales el aforo será del 50 por ciento, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 6 personas, sin perjuicio de que se puedan adoptar la medida excepcional de suspensión de la actividad en el interior cuando la tendencia sea ascendente en número de casos y presión asistencial.
Por último, en el nivel máximo de alerta, el 4, en el que se encuentra actualmente la Comunidad, el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 33 por ciento del aforo, con una limitación máxima de ocupación por mesa o agrupación de mesas de 6 personas, sin perjuicio de que se puedan adoptar medidas excepcionales como la suspensión de la apertura al público y la suspensión de la actividad.
Además, en el nivel 4 se podrán adoptar medidas sanitarias preventivas excepcionales, entre las que podrá acordarse el adelanto del horario de cierre, la suspensión de la apertura al público y la suspensión de la actividad.
En todos los niveles de alerta se suprimen los bufets o autoservicios salvo cuando el autoservicio solo incluya productos envasados y una persona empleada del establecimiento facilite a los clientes los elementos auxiliares del servicio, como son la vajilla, la cristalería, la cubertería y las servilletas.
En los niveles de alerta 2, 3 y 4 se suprime cualquier actividad de restauración que se desarrolle de pie, como cócteles, o similares.