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La independencia de la justicia
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La independencia de la justicia

Actualizado 10/11/2018
I. R.

Profesor de Derecho Penal de la Usal

La independencia de la justicia es uno de los principios más importantes del Estado Democrático de Derecho. Cuando ésta falla o se inclina parcialmente por sectores elitistas y de poder o está politizada, genera inseguridad jurídica en los ciudadanos y, como consecuencia de ello, la indefensión más absoluta.

En España, la imagen que están dando los tribunales de justicia es bochornosa. Solamente esta semana hemos conocido tres ejemplos de ello: 1.- la sentencia del TS sobre la imposición a los usuarios de las hipotecas, en lugar de a las entidades bancarias, del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, cuando este mismo órgano jurisdiccional había dictaminado lo contrario en sentencias precedentes. 2.- La del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que desautoriza a la justicia española y acusa a la magistrada de la Audiencia Nacional, Ángela Murillo, de parcialidad, cuando condenaron a Otegui por intentar reconstruir la ilegalizada Batasuna. Según el Tribunal de Estrasburgo, Otegui no tuvo un juicio justo y condena a España por no atender la recusación por parcialidad de aquella magistrada. Y 3.- las conclusiones provisionales de la fiscalía en relación a los presuntos delitos de rebelión y sedición de los líderes del proceso independentista catalán.

Centrándonos en el tercer ejemplo, estamos cansados de manifestar que según la regulación establecida en el Código Panel español para los delitos de rebelión (artículo 472) y sedición (artículo 544), la conducta de los líderes del "procés" no parece estar encajada en estos tipos penales, porque, en el caso de la rebelión, la declaración de independencia de esa parte del territorio nacional no se hizo mediante un "alzamiento violento y público" como se considera necesario en la regulación del artículo 472, incluso reconocido por los propios redactores del Código Penal de 1995, y, en el caso de la sedición tampoco hay indicios claros y concretos de que los líderes políticos y de la sociedad civil imputados hayan "inducido, provocado o protagonizado ningún alzamiento tumultuario con la finalidad de impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, el cumplimiento de una ley". Cuestión diferente, en este último caso, es que haya incitado a la manifestación; pero recordemos que esto último sería incitar al ejercicio de un derecho fundamental y esto no puede estar prohibido, precisamente por eso, porque lo ampara nuestra Carta Magna.

A este respecto, se ha elaborado un manifiesto titulado "la banalización de los delitos de rebelión y sedición", que están firmando un número de profesores de derecho penal muy importante, al cual me adhiero, en el que se considera que los líderes del "procés" no han cometido los delitos de rebelión y sedición por los que se les está acusando. Es cierto que pueden haber cometido otros delitos diferentes: prevaricación, malversación y desórdenes públicos y por los que deben ser juzgados, pero la calificación de rebelión y sedición parece excesiva conforme a la legislación vigente.

La prueba más evidente de que la justicia española en este aspecto está mediatizada e influida por una parte de la opinión pública, demasiado radicalizada, es la interpretación que han dado los órganos jurisdiccionales de otros países (Bélgica y Alemania) sobre la acusación del presunto delito de rebelión que pudiera haber cometido el ex presidente de la Generalitad, Puigdemont. Y en el caso de Alemania, la regulación de la rebelión en el Código Penal de este país (delito de alta traición) es semejante a la establecida en el Código Penal español.

Las declaraciones ultramontanas de algunos líderes políticos no ayudan a fortalecer la independencia judicial, sino todo lo contrario, intentan presionar e influir descaradamente en las decisiones judiciales. El discurso político está que arde y provoca adhesiones incendiarias de ciertos grupos radicales de la opinión pública y en las redes sociales. Debe moderarse, de lo contrario puede llevarnos a enfrentamientos civiles graves que pueden tener consecuencias letales para la convivencia.

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