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La justicia desestima el recurso presentado por Stop Uranio contra el Ayuntamiento de Retortillo
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RETORTILLO , SENTENCIA JUDICIAL

La justicia desestima el recurso presentado por Stop Uranio contra el Ayuntamiento de Retortillo

Actualizado 26/11/2018
David Rodríguez

Después de que el Ayuntamiento se declarase incompetente a la hora de resolver sobre la tala de encinas por parte de Berkeley

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Salamanca ha desestimado la demanda presentada por la Plataforma Stop Uranio contra el Ayuntamiento de Retortillo por la actitud de éste en torno a la tala de encinas por parte de la empresa Berkeley dentro de su proyecto minero.

Según recuerda el propio Ayuntamiento de Retortillo en una nota de prensa emitida tras conocer la resolución judicial, Stop Uranio presentó una solicitud en abril de 2017 instando al Consistorio a paralizar la tala, corte o desmonte de encinas por parte de Berkeley. En esa solicitud, Stop Uranio argumentaba que Berkeley no tenía licencia municipal para realizar esas tareas, por lo que también pedían que se incoase procedimiento sancionador y de restauración de la legalidad urbanística.

Un par de semanas después, el Ayuntamiento de Retortillo dictó una resolución desestimando la solicitud al considerarse incompetente respecto a lo solicitado. Ante ello, Stop Uranio interpuso en los juzgados un recurso contencioso administrativo.

Iniciado el proceso judicial, el Ayuntamiento de Retortillo alegó que ellos no tenían capacidad en el asunto. Concretamente, expusieron que Berkeley estaba realizando la tala de encinas en suelo rústico de conformidad a lo establecido en la Ley y Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, a partir de los permisos obtenidos.

Concretamente, la Declaración de Impacto Ambiental aprobada por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León en septiembre de 2013 preveía expresamente la retirada de suelo vegetal en las superficies afectadas para el desarrollo de la zona norte de Retortillo Sur. Asimismo, existía una autorización expresa de junio de 2016 de la Delegación Territorial de la Junta en la que se indicaba que no era necesaria la autorización municipal para la corta de arbolado por entenderse ya autorizada en la Declaración de Impacto Ambiental.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Salamanca ha dado por buenos los argumentos del Ayuntamiento de Retortillo, desestimando de este modo la demanda interpuesta por Stop Uranio al considerar que la resolución que adoptó en su día el Consistorio fue "conforme a derecho". El Juzgado ha condenado en costas a Stop Uranio, que todavía puede presentar recurso de apelación en los próximos 15 días.

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