LAS ARRIBES
Actualizado 14/04/2023 17:49:44
Miguel Corral

Pérez Blanco alega que no se motiva suficientemente la convocatoria de una sesión extraordinaria, la falta de documentación en dos puntos y la ausencia de publicitación de la convocatoria, por lo que advierte de que si no se anulan los acuerdos recurrirá a la vía judicial

El portavoz de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Vitigudino, José Antonio Pérez Blanco, ha presentado este viernes en el registro municipal un recurso de reposición contra todos los acuerdos adoptados en la sesión extraordinaria del Pleno municipal celebrada el día 16 de marzo de 2023, impugnando –igualmente- su convocatoria y su celebración, así como los dictámenes y celebración precedente de la Comisión Especial de Cuentas extraordinaria del 10 de marzo de 2023.

Entre los motivos aduce la “falta de motivación” de los puntos para ser abordados en una sesión extraordinaria y la “falta de documentación” en varios de ellos. Los asuntos tratados en la sesión correspondían a:

  1. Toma de posesión concejal Dña. Leticia Cuesta. Expte. 2/2023
  2. Aprobación Borrador acta 03-11-2022 PLN/2022/5
  3. Aprobación inicial modif. Crédito Expte. 75/2023. CEC/2023/1
  4. Derogación ROM. Expte. 76/2023 CEC/2023/1
  5. Aprobación C. GRAL 2021. Expte. 227/2022 y CEC/2022/5 y CEC/2023/1

Y es que, para Pérez Blanco, en el Pleno extraordinario de 16 de marzo de 2023 “se vuelven a repetir los mismos errores que ocurrieron en otros plenos precedentes que decidieron el pronunciamiento judicial de declarar la nulidad radical de los acuerdos adoptados”, afirmación que argumenta inicialmente en que “no se motiva el porqué del carácter extraordinario” de la convocatoria de la CEC ni del pleno, o al menos así lo entiende el concejal naranja, pues no considera suficiente motivo la necesidad de aprobar la Cuenta General 2021; dotar de crédito el cobro de dedicaciones y derogar el ROM “al objeto de agilizar la gestión municipal”.

Por ello, Pérez Blanco considera que ante “la evidente carencia de motivación fundada y justificada hace que los dictámenes y correlativos acuerdos estén viciados de nulidad y sean ilegales”, por lo que advierte de que “de hacerse caso omiso a este recurso, ello obligará a impugnarles ante la Jurisdicción contenciosa -no quepa duda- y dentro de no avanzado tiempo, en período sucesivo, lo más previsible es que se dicte una Sentencia anulatoria, con lamentables efectos para la economía municipal”.

Pero además, para Pérez Blanco hay un “segundo motivo de nulidad” como es la falta de documentación en al menos dos puntos, en el relativo a la modificación de crédito presupuestario y en el de la derogación del ROM, motivos al que suma un tercero por la “falta de publicitación y difusión” de la convocatoria del pleno.

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