De los 63 solicitantes admitidos ninguno logró la máxima puntuación y solo tres han superado los 7 puntos de un máximo de 11
El Ayuntamiento de Vitigudino ha publicado en el Tablón de Anuncios de su página web el acta de calificación provisional de acuerdo al fallo del tribunal calificador nombrado para la selección de un auxiliar administrativo que tendrá plaza de personal interino.
De los 63 aspirantes admitidos ninguno de ellos ha alcanzado la cifra máxima de 11 puntos, de acuerdo a las bases del concurso de méritos realizadas por el Consistorio, 5 puntos máximo por formación, titulación y cursos formativos, y 6 por experiencia. La máxima puntuación obtenida por una de las aspirantes ha sido de 10,5 y solo tres han superado los 7 puntos sin que en ningún caso se haya producido empate a puntos.
En la redacción del acta, el tribunal calificador, formado por cuatro funcionarios municpales, ha hecho constar “la gran dificultad, en algunos casos, y la imposibilidad en otros, de valorar los méritos de los solicitantes, de acuerdo al contenido de las bases de la convocatoria”.
Relacionado con el apartado de titulación-formación, la puntuación se ha aplicado conforme a una sola titulación y solo por la más alta alcanzada. A la vista del contenido de la base Sexta a), en lo que se refiere a la titulación, se ha decidido valorar con 1 punto solamente una titulación superior al título de la E.S.O., independientemente de las que presentara cada aspirante.
En el apartado formación-cursos y ante el hecho de que existían el mismo número de horas en los saltos de distinta baremación (0,2 puntos de 50 a 100 horas y 0,6 puntos de 100 a 200 horas), el tribunal ha optado por “aplicar la calificación menor en todos los casos.
Y respecto al apartado de experiencia, se ha decidido aplicar una puntuación de 0,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses en los casos de servicios prestados como auxiliar administrativo contable; y de 0,75 puntos por año o fracción superior a 6 meses por los servicios prestados como administrativo contable.
En cuanto a la acreditación de la experiencia, “en la mayoría de los casos, a través de la documentación presentada por los interesados no ha sido posible comprobar documentalmente si el tiempo que han estado dados de alta se refiere a contrataciones de auxiliares administrativos contables o administrativos contables. Por lo que ha sido imposible valorar su experiencia”.
En cualquier caso, el tribunal señala que “solamente ha sido valorada la experiencia laboral en los casos en que se ha acreditado documentalmente que el trabajo desarrollado ha sido de auxiliar administrativo contable o administrativo contable”.
Publicada el acta provisional se abre un plazo de cinco días hábiles para que los aspirantes formulen las reclamaciones que estimen pertinentes en relación con la puntuación obtenida.