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Ya puedes solicitar la ayuda de la Junta para financiar la matrícula del primer curso de Grado y Doble Grado en las universidades públicas de CyL
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curso académico 2026-2027

Ya puedes solicitar la ayuda de la Junta para financiar la matrícula del primer curso de Grado y Doble Grado en las universidades públicas de CyL

CYL
Publicado 13/10/2026 11:50

La Junta de Castilla y León ha abierto el plazo para solicitar ayudas para financiar la matrícula del primer curso de Grado y Doble Grado en universidades públicas durante el curso 2026-2027. La subvención, dirigida a empadronados en la Comunidad que accedan por primera vez a estudios universitarios, cubrirá hasta el coste abonado por precios públicos y podrá tramitarse telemáticamente hasta el 21 de octubre.

La Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio ha convocado las subvenciones destinadas a financiar el coste de la matrícula para los estudiantes de nuevo ingreso en las universidades públicas de la Comunidad . La medida cubre las titulaciones oficiales de Grado y Doble Grado impartidas durante el curso académico 2026-2027.

La iniciativa de la administración autonómica tiene como meta aminorar la carga económica de las familias y favorecer el acceso a los estudios superiores. Las solicitudes permanecen abiertas y podrán presentarse de forma telemática hasta el próximo 21 de octubre de 2026.

El procedimiento se gestiona directamente desde la Dirección de Universidades e Investigación. Para poder beneficiarse del programa, los aspirantes deben cumplir una serie de requisitos académicos y de residencia en Castilla y León.

La convocatoria está dirigida a los alumnos matriculados en el primer curso de grado o en el primer curso de alguna modalidad de doble grado en una universidad pública del territorio castellano y leonés durante el curso 2026-2027.

Para optar a la subvención, los solicitantes deben cumplir de manera estricta con las siguientes condiciones estipuladas por la Consejería:

  • Primer acceso universitario: Debe tratarse de la matrícula mediante la cual el alumno acceda por primera vez a cursar estudios universitarios oficiales.
  • Empadronamiento en la Comunidad: El beneficiario debe estar empadronado en un municipio de Castilla y León antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
  • Requisitos legales: No estar incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La actividad subvencionable consiste en la formalización y pago efectivo de la primera matrícula universitaria. No obstante, la normativa autonómica fija ciertos supuestos que quedan excluidos del beneficio económico:

  • Estudios previos: No son subvencionables las matrículas de los alumnos que ya hubieran iniciado, estén cursando o hayan completado estudios universitarios conducentes a títulos oficiales.
  • Exención íntegra de tasas: Tampoco se considera actividad subvencionable la mera formalización de matrícula cuando el estudiante no abone cantidad alguna debido a exenciones o bonificaciones íntegras del precio público.

El importe concedido a cada alumno dependerá directamente de las características de su matrícula y del desembolso realizado:

  • Importe general: La cuantía será equivalente al importe efectivamente abonado por el precio público de los servicios académicos, como máximo.
  • Límite normativo: En ningún caso la ayuda podrá superar el importe máximo fijado por el decreto autonómico que establece los precios públicos por servicios académicos universitarios.
  • Matrícula parcial o bonificaciones: En los casos de estudiantes a tiempo parcial, o con bonificaciones o subvenciones parciales, la cuantía máxima equivaldrá exactamente al importe que hayan tenido que satisfacer de su bolsillo.

El trámite debe completarse exclusivamente a través del formulario accesible en la aplicación informática oficial de la Junta de Castilla y León. Se contempla la presentación de una única solicitud por estudiante; en caso de registrarse varias, la administración únicamente tendrá en cuenta la última formalizada dentro del plazo.

Los solicitantes tienen derecho a no aportar los documentos que ya se encuentren en poder de la administración pública. Sin embargo, en el supuesto de que el interesado ejerza su derecho a oponerse expresamente a que la Junta consulte sus datos, deberá aportar obligatoriamente los siguientes documentos junto al formulario:

  • Identificación personal: Copia del DNI o NIE del solicitante que acredite su identidad.
  • Representación: En su caso, copia del DNI/NIE del representante y documento acreditativo del poder que ostenta.
  • Justificante de matrícula y pago: Certificado expedido por la universidad pública correspondiente donde conste la formalización y el abono. Si en el momento de la solicitud no se hubiera abonado aún, la justificación del pago se presentará según lo previsto en la Orden IEM/621/2026, de 7 de julio (base decimosegunda, punto 3).
  • Residencia: Certificado de empadronamiento en un municipio de Castilla y León con fecha anterior al cierre de la convocatoria.
  • Expediente académico: Certificado expedido por la universidad pública en el que conste la nota obtenida en la calificación de acceso al grado.

Toda la información, aquí: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285680897587/Propuesta