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Luz verde a la nueva ayuda por nacimiento en Villarino: 2.000 euros por hijo o adopción
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PUBLICACIÓN EN EL BOP

Luz verde a la nueva ayuda por nacimiento en Villarino: 2.000 euros por hijo o adopción

Publicado 31/08/2026 16:48

La medida incluye un régimen excepcional de retroactividad aplicable a las solicitudes presentadas desde octubre de 2016. Las familias beneficiarias dispondrán de un plazo de seis meses para reclamar la diferencia económica

El Ayuntamiento de Villarino de los Aires ha elevado a definitivo el acuerdo plenario para la modificación de la ordenanza municipal reguladora de las ayudas por nacimiento o adopción. Al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública, la nueva normativa entra en vigor tras su publicación este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Salamanca, fijando una prestación de 2.000 euros por cada nuevo hijo o adopción.

La medida, que fue aprobada inicialmente por el pleno municipal el pasado 31 de marzo de 2026, busca apoyar a las familias residentes en el municipio. El abono de la ayuda se realizará en un pago único mediante transferencia bancaria, tras la resolución expresa de la Alcaldía, y estará condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto municipal de cada ejercicio.

Una de las principales novedades de esta modificación es su régimen de efectos temporales. Las solicitudes que ya se encontraban en tramitación y pendientes de resolución antes de la entrada en vigor de esta reforma se resolverán aplicando directamente la nueva cuantía de 2.000 euros.

Asimismo, la ordenanza establece un régimen excepcional de retroactividad para aquellas familias que hubieran presentado su solicitud desde el 19 de octubre de 2016 y cuya resolución se hubiera dictado con anterioridad a esta modificación. Estas personas dispondrán de un plazo de seis meses para solicitar la aplicación del nuevo régimen económico y recibir la diferencia correspondiente.

Para acceder a este reconocimiento complementario, los beneficiarios deberán acreditar que cumplían todos los requisitos de la ordenanza en el momento del hecho causante. Además, no deben tener ningún reintegro pendiente ni incumplimientos que determinen la pérdida del derecho, quedando la concesión supeditada a la disponibilidad presupuestaria.