Cuarenta años de conflicto armado transformaron profundamente la vida de la población afgana; la seguridad y la supervivencia se convirtieron en necesidades urgentes frente a un contexto prolongado de violencia y fragmentación territorial.
Gianella Nicole Gonzales Diaz
Defensora de los derechos humanos
Tras la invasión en 1979 por parte de la Unión Soviética y la posterior guerra civil de los años noventa entre facciones armadas, el país de Afganistán quedó en manos de los talibanes. Durante el primer periodo de su gobierno (1996-2001), las mujeres fueron expulsadas de la educación secundaria y universitaria, se les prohibió trabajar fuera del hogar y se impusieron códigos de vestimenta y movilidad. Tiempo después, tras la intervención de Estados Unidos en respuesta a los ataques del 11 de septiembre de 2001, se abrió un periodo de avances parciales en educación y participación femenina, por ejemplo, la reapertura de escuelas para niñas, el incremento de maestras y profesoras universitarias, ocupación de cargos públicos por parte de las mujeres… Sin embargo, tras la retirada de las tropas internacionales en 2021, los talibanes tomaron nuevamente el poder, eliminando gran parte de los avances logrados y consolidaron un orden basado en la exclusión y subordinación de las mujeres, de modo que ONU Mujeres describe la situación como la crisis de derechos de las mujeres más grave del mundo. Mujeres y niñas carecen de garantías fundamentales en casi todos los ámbitos de la vida, por ejemplo: la prohibición de estudiar medicina, prohibición de ser atendidas por médicos varones, exigencia de un mahram (escolta masculino) al viajar, eliminación de espacios de encuentro social como salones de belleza, entre otros.
Como resultado, la ONU señala un aumento de la mortalidad materna, el incremento de matrimonios infantiles y un crecimiento exponencial de la violencia de género, en un contexto de pobreza generalizada y crisis de derechos humanos. Las mujeres están siendo literalmente borradas: la Ley de Propagación de la Virtud y Prevención del vicio (PVPV) de 2024 clasificó la voz de la mujer como awrah; es decir, algo íntimo que debe ocultarse, y que tuvo como consecuencia que se prohibiera su expresión pública imponiendo un control asfixiante sobre la población femenina. A ello se suma el desmantelamiento del sistema de justicia: mujeres expulsadas de la judicatura, licencias de abogadas revocadas y tribunales purgados de profesiones femeninas, dejando a las víctimas de violencia sin representación, sin redes institucionales de apoyo, y con un acceso a la justicia profundamente limitado.
El Código Penal de 2026, promulgado sin debate público, incluye entre sus disposiciones más preocupantes la criminalización de actos tan normales como visitar a familiares sin el permiso del esposo, y el artículo 32 establece que un hombre que golpea a su esposa hasta causarle una lesión visible —como una herida o moretón corporal— puede enfrentar hasta 15 días de prisión, siempre que la víctima pueda probar los hechos ante un juez. Cabe mencionar, que el mismo texto penal establece penas de hasta cinco meses de prisión a quienes provoquen peleas entre animales o maltraten camellos. Además, otras disposiciones del código penal introducen una jerarquización social de las sanciones, aplicando castigos leves a individuos de mayor estatus y medidas más severas, incluso corporales, a quienes ocupan posiciones más bajas, consolidando un sistema de desigualdad ante la ley.
Bajo un poder autoritario y opresor, la ley puede convertirse en un instrumento para suprimir derechos, determinar arbitrariamente quién puede ejercerlos y bajo qué condiciones. En lugar de limitar el poder, la norma pasa a consolidarlo, estructurando relaciones de dominación que subordinan sistemáticamente a determinados grupos sociales, entre ellos —y de manera especialmente evidente— a las mujeres.
No estamos únicamente ante una violación de derechos humanos, sino ante un fenómeno más grave: la legalización de la opresión. El régimen no actúa al margen del derecho; por el contrario, produce un orden normativo propio orientado a legitimar la exclusión femenina. En este escenario, «tener ley» no equivale a «tener justicia», porque la ley deja de ser límite del poder para convertirse en su herramienta.
¿Cuál será nuestra acción como defensores de derechos humanos frente a un sistema que legaliza la injusticia y «borra» la dignidad de quienes deberían ser sujetos plenos de derechos? En estos casos, después de todo, el silencio no es neutralidad ni prudencia; es complicidad con un sistema que perpetúa la exclusión y normaliza la violencia.
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