Los casos de abusos de poder y quebranto de los derechos humanos de los menores migrantes en centros de acogida se multiplican en años recientes en Comunidades Autónomas como Canarias: Amnistía Internacional exige cambios.
Daniel Cano Sánchez
Defensor de los derechos humanos
El caso Quorum 77, en el que se reportan delitos de lesiones, odio, torturas y amenazas a menores en centros de acogida de las Islas Canarias, ha horrorizado al mundo. El escándalo resultó en la detención de quince trabajadores y el cierre permanente de dos centros gestionados por Quorum Social 77. No obstante, lo más preocupante, si cabe, es que este hecho no es aislado, y revela una estructura disfuncional del propio sistema que se ocupa de la atención a menores migrantes no acompañados, en este caso en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Los centros de acogida para menores no acompañados son, según el Ministerio de Juventud e Infancia, respuesta a la obligación que tiene el Estado español de «brindarles la protección necesaria y ofrecerles una modalidad alternativa de cuidado» a estos jóvenes migrantes. Sin embargo, también destaca que «la competencia en materia de protección a las personas menores de edad recae en las Comunidades y Ciudades Autónomas, en las entidades públicas con competencias en materia de protección a la infancia, quienes, a su vez, disponen de normativa reguladora propia para este tipo de situaciones». Esto hace recaer gran parte de las responsabilidades de abusos reportados en centros de acogida en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Amnistía Internacional ha denunciado en el informe «A día de hoy no tengo nada» que todo el sistema de acogida de menores no acompañados en Canarias está «saturado e infradotado» y que estas características han permitido la violencia que han sufrido los menores durante años. Han sido reportados a Amnistía Internacional incidentes como la «privación de comida, retirada del abono transporte o confiscación de sus teléfonos móviles o del dinero de bolsillo del que disfrutan» y se ha notificado que «también han sido amenazados con traslados a otros centros conocidos por sus peores condiciones de vida». Con respecto a los trabajadores que han osado reportar casos como estos, se han denunciado represalias de los centros bajo forma de despidos improcedentes. Amnistía recalca la necesidad imperiosa de instaurar mecanismos de supervisión efectiva que puedan regular estos abusos de poder.
En el marco legal, se han vulnerado en estos episodios numerosos derechos de los menores, fundamentalmente recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en los Derechos del Niño. De la DUDH se pueden citar el artículo 3, que garantiza el derecho a la seguridad personal, o el artículo 5, que garantiza el derecho a no ser sometido a tortura ni tratos crueles. De los Derechos del Niño, se infringen el artículo 3, que promulga el interés superior del niño (la obligación del Estado de asegurar que los tutores del menor tomen las decisiones que más le convienen); el artículo 19, que insta al Gobierno a proteger a los niños contra la violencia, el abuso y la desatención de sus cuidadores; y el artículo 22, que protege a los niños refugiados contra la discriminación y vulneración de los derechos que poseen los menores nacionales.
Es imposible ignorar que, además del incorrecto funcionamiento de los centros de acogida, los menores migrantes sufren de problemas exclusivos derivados de la xenofobia y del racismo. Amnistía Internacional apunta a los crecientes discursos antiinmigración y de odio en la esfera política como potenciales instigadores del auge de estas prácticas discriminatorias. En esta línea, la organización exige que sumado al cese de los abusos y el incremento de los procedimientos de control se garantice la documentación de los menores migrantes con el objetivo de no dejarlos desamparados cuando cumplan la mayoría de edad. Añade que estas medidas deben ser implementadas en un marco más amplio de coordinación entre las administraciones competentes que aseguren mecanismos de detección, identificación y protección de los menores que arriben a las islas. Las disposiciones concretas que se proponen para la correcta gestión de los menores migrantes incluyen «dimensionar de forma adecuada los recursos para su atención; revisar la normativa y los criterios para la apertura de estos; o garantizar un sistema de inspección y control que sea adecuado, con mecanismos para canalizar las posibles denuncias de violencia contra los menores».
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