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La Audiencia de Salamanca absuelve a un hombre acusado de agredir a las sobrinas de su pareja por falta de pruebas
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Audiencia Provincial de Salamanca

La Audiencia de Salamanca absuelve a un hombre acusado de agredir a las sobrinas de su pareja por falta de pruebas

Publicado 15/05/2026 14:27

Se ha aplicado el principio 'in dubio pro reo' ante la falta de pruebas biológicas y las contradicciones en los testimonios.

La Audiencia Provincial ha dictado sentencia absolutoria para un hombre que se enfrentaba a penas de hasta 20 años de prisión por presuntamente agredir sexualmente a las dos sobrinas menores de su pareja. El tribunal ha aplicado el principio de presunción de inocencia ante la existencia de dudas razonables sobre la veracidad de los hechos denunciados en 2023.

El fallo, emitido por la Sección Única de la Audiencia Provincial de Salamanca, concluye un proceso judicial iniciado en agosto de 2023 tras la denuncia presentada por la madre de las menores, que entonces tenían 11 y 8 años. La Fiscalía solicitaba ocho años de cárcel por cada uno de los dos delitos continuados de agresión sexual, mientras que la acusación particular elevaba la petición a diez años por delito.

Durante el juicio oral, el acusado negó rotundamente los hechos, asegurando que nunca se había quedado a solas con las niñas. Su versión fue respaldada por varios testigos, incluyendo a su pareja y amigos, quienes corroboraron su coartada para las fechas específicas señaladas por la acusación, situadas entre la primavera y el mes de agosto de 2023.

Falta de corroboración objetiva

La sentencia detalla que, si bien no se puede negar credibilidad inicial al relato de las menores, existen contradicciones y una notable ausencia de corroboraciones periféricas de carácter objetivo. Las pruebas biológicas practicadas por el Instituto Nacional de Toxicología arrojaron resultados negativos respecto a la presencia de ADN o saliva del acusado.

Asimismo, los informes del equipo psicosocial del Juzgado no pudieron determinar la credibilidad del testimonio de las niñas debido a las limitaciones del sistema de análisis. Los peritos confirmaron durante la vista que la mayor de las menores ya presentaba un cuadro de ansiedad e ideas autolíticas previo a las fechas de los presuntos abusos, motivado por otras circunstancias personales.

Aplicación del principio 'in dubio pro reo'

Ante la falta de pruebas concluyentes, los magistrados han fundamentado su decisión en el principio in dubio pro reo. La resolución judicial subraya que la versión exculpatoria del acusado resulta "plausible" y "verosímil", al estar avalada por pruebas documentales y testificales imparciales.

"La prueba no ha conseguido llegar a una conclusión fundada que vaya más allá de la duda razonable", señala el tribunal. Por ello, ante la subsistencia de dos hipótesis posibles, la ley obliga a optar por la más favorable para el procesado, garantizando así el derecho fundamental a la presunción de inocencia.

La sentencia absolutoria no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.