Las familias podrán recibir entre 900 y 1.500 euros por hijo si cumplen los requisitos de empadronamiento y límites de ingresos establecidos.
El Ayuntamiento de Salamanca ha abierto oficialmente la convocatoria de ayudas económicas por nacimiento o adopción correspondientes al año 2026. La iniciativa, cuyas bases se han publicado hoy martes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), mantiene el objetivo municipal de fomentar la natalidad y facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral en la capital del Tormes.
El Consistorio ha destinado un presupuesto total de 450.000 euros para estas subvenciones. La cuantía base establecida es de 900 euros por cada hijo o hija nacido o adoptado. No obstante, esta cifra se incrementará hasta los 1.500 euros en aquellos casos en los que la renta familiar no supere el 50 % del límite de ingresos fijado en los baremos de la convocatoria.
Para acceder a estas ayudas, la normativa exige con carácter general que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en la ciudad de Salamanca. Se requiere una antigüedad mínima ininterrumpida de un año anterior a la fecha del nacimiento o adopción.
Asimismo, los beneficiarios deben adquirir el compromiso de permanecer empadronados en la ciudad durante los tres años siguientes, salvo que exista una causa justificada. Las bases establecen excepciones al requisito de antigüedad para tres colectivos específicos:
La convocatoria establece diferentes baremos de ingresos familiares dependiendo de la fecha en la que se produzca el nacimiento o la adopción durante este año 2026, en función de los Reales Decretos aplicables.
Para los hechos producidos hasta el 30 de junio de 2026, los ingresos familiares deben ser inferiores a:
Por su parte, para los nacimientos o adopciones que tengan lugar después del 30 de junio de 2026, los límites de ingresos se actualizan de la siguiente manera:
El plazo para solicitar la ayuda es de seis meses. Este periodo comienza a contar a partir del día siguiente al nacimiento o, en los casos de adopción, a partir del día siguiente a la fecha de la resolución judicial o administrativa correspondiente.
Las familias interesadas deben formalizar el trámite en el Registro General del Ayuntamiento. El formulario necesario para la gestión se encuentra disponible en la página web municipal www.aytosalamanca.es.