Esta iniciativa, que busca evitar el cierre de negocios por jubilación, ofrece subvenciones para quienes se hagan cargo de un traspaso, con incentivos para mujeres, jóvenes y negocios rurales
Los trabajadores autónomos de Castilla y León que decidan tomar las riendas de un negocio por traspaso dispondrán de más tiempo para acceder a las ayudas destinadas a fomentar el relevo generacional. El plazo para solicitar estas subvenciones se ha ampliado hasta el próximo 5 de diciembre de 2025, según la modificación publicada hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).
El objetivo de esta medida es facilitar que un mayor número de emprendedores puedan beneficiarse del programa RELEVACyL Autoempleo, una iniciativa diseñada para dar continuidad a pequeños negocios que, a pesar de ser rentables, se enfrentan al cierre por la jubilación de sus dueños y la falta de sucesores.
Recientemente, las condiciones del programa se han flexibilizado para hacerlo más accesible. Entre las mejoras destaca que el nuevo titular dispone ahora de un plazo de hasta cuatro meses para iniciar la actividad desde la fecha de baja del negocio transmitido. Además, se han incorporado como subvencionables las actividades ejercidas por autónomos cuyo trabajo principal se desarrolle en un vehículo, siempre que este esté directamente vinculado a la actividad económica.
La cuantía de la ayuda parte de un mínimo de 10.000 euros por beneficiario. Esta cantidad puede incrementarse con varios incentivos acumulables. Por ejemplo, se establece un incentivo adicional de 4.000 euros si la beneficiaria es una mujer, y otro de 2.000 euros si el nuevo titular es un joven menor de 35 años. También se apoya la fijación de población en el entorno rural, con una ayuda extra de 4.000 euros si el negocio se ubica en un municipio de hasta 1.000 habitantes, o de 2.000 euros si está en una localidad de entre 1.001 y 5.000 habitantes.
Para poder optar a estas ayudas, los autónomos deben haber formalizado el acuerdo de transmisión del negocio en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de noviembre de 2025. Un requisito fundamental es que la actividad empresarial o profesional objeto del traspaso cuente con una antigüedad de al menos cinco años en el momento de la transmisión.
