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Condenado a un año de prisión por agredir sexualmente a una niña de 10 años en un pueblo de Salamanca
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Audiencia provincial

Condenado a un año de prisión por agredir sexualmente a una niña de 10 años en un pueblo de Salamanca

Actualizado 14/10/2025 16:56

La menor es hija de la esposa del hijo del condenado, que ha reconocido los hechos en un acuerdo de conformidad y deberá cumplir además ocho años de alejamiento y siete de libertad vigilada

La Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a un hombre a un año de prisión como autor de un delito de agresión sexual a una menor de 16 años, concretamente a la hija de 10 años de la esposa de su hijo. La sentencia, dictada el pasado 25 de septiembre de 2025, es el resultado de un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa, en el que el acusado reconoció íntegramente los hechos.

Además de la pena de cárcel, el fallo impone al condenado una prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima durante un periodo de ocho años. Una vez cumplida la pena de prisión, estará sometido a una medida de libertad vigilada durante siete años.

El relato de los hechos probados

Según recoge la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, los hechos ocurrieron en la vivienda del condenado, situada en una localidad de la provincia de Salamanca. El hombre se encontraba en compañía de la madre de la menor y de la propia niña, que en aquel momento tenía diez años de edad.

El acusado, "guiado por el ánimo de satisfacer sus instintos sexuales", pidió ayuda a la niña para llevar unas tazas. Aprovechando un momento en el que no había nadie presente, le pidió un abrazo y un beso. Momentos después, y a pesar de la negativa de la menor, la agarró de la mandíbula y la besó en la boca a la fuerza.

La niña, incómoda, se marchó al baño. Al regresar, el condenado la agarró de las nalgas, la levantó en volandas y comenzó a besarla por el cuello. A continuación, intentó llevarla a un cuarto apartado "para que no les viera nadie", pero la menor se resistió y pudo escapar para reunirse con el resto de la familia. Fue más tarde, durante un paseo, cuando la víctima contó lo sucedido a su madre.

Una condena de conformidad con atenuantes

El procedimiento judicial se resolvió mediante un acuerdo de conformidad, lo que evitó la celebración del juicio oral. El acusado, según consta en el fallo, reconoció los hechos "con total rotundidad, claridad, libre y voluntariamente", asumiendo las consecuencias legales.

En la sentencia se aplicaron las circunstancias atenuantes de reparación del daño y confesión. El condenado consignó la cantidad de 10.000 euros como indemnización para la perjudicada antes de la vista, un factor clave para la reducción de la pena. Esta cantidad podría incrementarse en la fase de ejecución de sentencia si se acreditan más gastos derivados de los hechos.

Las claves de la pena impuesta

El fallo de la Audiencia Provincial de Salamanca detalla las siguientes medidas contra el condenado:

  • Pena de prisión: Un año de cárcel. El tribunal resolverá sobre la posible suspensión de la ejecución de esta pena, una vez la sentencia sea firme.
  • Orden de alejamiento: Prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier sitio que frecuente, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, durante ocho años.
  • Libertad vigilada: Siete años de libertad vigilada que se ejecutarán después de la pena de prisión, con obligaciones específicas de seguimiento y control.
  • Responsabilidad civil: Indemnización de 10.000 euros, ya abonados, más los gastos que se acrediten en el futuro.
  • Costas procesales: El condenado deberá asumir el pago de todas las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular.

El estado de la menor y el apoyo familiar

La sentencia también hace referencia al estado psicológico de la víctima. Según los informes aportados a la causa, la niña "se encuentra dentro de la normalidad" y es consciente de que lo ocurrido "no está bien".

El tribunal destaca que la menor cuenta con el apoyo de sus padres, lo que hace "no probable que resten secuelas". No obstante, los magistrados consideran "aconsejable" seguir su evolución y mantenerla al margen de la problemática familiar que ha generado el suceso.