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Salamanca destina un millón de euros a rehabilitar edificios: plazos y requisitos para recibir las ayudas
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máximo de 60.000 euros por solicitud

Salamanca destina un millón de euros a rehabilitar edificios: plazos y requisitos para recibir las ayudas

Actualizado 01/08/2025 11:15

El plazo para solicitarlas estará abierto del 1 de septiembre al 31 de octubre de 2025 y se centrará en la retirada de amianto y la mejora de la accesibilidad en las viviendas de la ciudad

El Patronato Municipal de Vivienda y Urbanismo (PMVU) del Ayuntamiento de Salamanca ha aprobado una nueva convocatoria de ayudas a la rehabilitación de edificios residenciales, dotada con un presupuesto total de un millón de euros. Esta iniciativa da continuidad a las políticas de mejora del parque inmobiliario de la ciudad, que ya han supuesto una inversión de 3,8 millones de euros desde 2018, beneficiando a 236 comunidades de vecinos.

El objetivo principal de esta convocatoria para 2025 es doble: por un lado, facilitar la retirada de elementos constructivos con amianto, un material nocivo para la salud; y por otro, seguir avanzando en la mejora de la accesibilidad en los edificios para garantizar el acceso a personas con movilidad reducida.

El plazo para la presentación de solicitudes se abrirá el próximo 1 de septiembre y finalizará el 31 de octubre de 2025. Las bases completas de la convocatoria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el pasado 9 de julio, ya pueden consultarse en la página web del Ayuntamiento.

Las solicitudes deberán presentarse, preferentemente de forma electrónica, a través del Registro General del Ayuntamiento de Salamanca. No obstante, también se mantiene la opción de realizar el trámite de manera presencial o en cualquiera de los lugares que establece la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Según se detalla en las bases, las obras que pueden acogerse a estas ayudas deben haberse iniciado a partir del 1 de marzo de 2022, dando así continuidad a la convocatoria anterior. Las actuaciones subvencionables se dividen en tres categorías principales:

  • Sustitución y/o retirada de amianto: Incluye tanto la retirada del material como las obras necesarias para sustituir los elementos eliminados, cumpliendo siempre con el Real Decreto 396/2006 y la Ordenanza Municipal específica.
  • Mejora de la accesibilidad: Obras destinadas a facilitar el acceso en elementos comunes de edificios colectivos o en viviendas unifamiliares.
  • Obras complementarias de conservación: Actuaciones de mantenimiento en elementos comunes que se realicen junto a las anteriores.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas tanto las comunidades de propietarios de edificios de vivienda colectiva como los propietarios de viviendas unifamiliares. Quedan excluidos aquellos inmuebles situados en entornos residenciales de rehabilitación programada, ya que cuentan con sus propias líneas de ayuda.

La cuantía de la subvención podrá alcanzar un máximo del 50% del presupuesto subvencionable. Dicho importe estará limitado por las siguientes cifras:

  • Hasta 3.000 euros por vivienda o por cada 100 metros cuadrados de local.
  • Un importe máximo de 60.000 euros por cada solicitud presentada.

El procedimiento de concesión se realizará por el principio de concurrencia competitiva, estableciendo una prelación entre las solicitudes según los criterios de valoración fijados en las bases y siempre dentro del límite del crédito presupuestario disponible de un millón de euros.