La Audiencia Provincial de Salamanca le aplica la atenuante de grave adicción a las drogas tras ser descubierta por la unidad canina con hachís y cocaína ocultos en sus partes íntimas
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca ha condenado a una mujer a una pena de un año y seis meses de prisión por un delito contra la salud pública. La sentencia, dictada el pasado 15 de julio, considera probado que la acusada intentó introducir diversas sustancias estupefacientes en el Centro Penitenciario de Topas, donde se disponía a visitar a su hijo, interno en dichas instalaciones.
La clave del fallo judicial reside en la aplicación de la circunstancia atenuante analógica de grave adicción a las drogas, lo que ha supuesto una rebaja sustancial de la pena inicialmente solicitada por el Ministerio Fiscal, que ascendía a cuatro años y medio de prisión.
Los hechos probados, según recoge la sentencia, ocurrieron el 4 de enero de 2024. Sobre las 17:10 horas, mientras la mujer esperaba junto a otros visitantes en el centro penitenciario, la unidad canina de vigilancia la marcó como posible portadora de sustancias ilegales.
Ante esta situación, la propia acusada extrajo de sus partes íntimas un paquete que contenía diversas sustancias y objetos destinados a su hijo. El contenido incautado fue el siguiente:
El valor de las drogas en el mercado ilícito, según detalla el fallo, oscilaría entre los 102 y los 361 euros para el cannabis, y entre los 117 y los 874 euros para la cocaína.
El proceso judicial, que se originó por una denuncia del propio Centro Penitenciario de Topas, experimentó un cambio fundamental al inicio del juicio oral. Inicialmente, el Ministerio Fiscal calificaba los hechos como un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud, solicitando una pena de cuatro años y medio de cárcel.
Sin embargo, en el mismo acto del juicio, la Fiscalía modificó sus conclusiones al añadir que la acusada "es consumidora de drogas y que tiene diagnosticada una dependencia a dichas sustancias estupefacientes". Este reconocimiento permitió aplicar el subtipo atenuado del artículo 368 del Código Penal, gracias a la concurrencia de la atenuante analógica de grave adicción.
La defensa de la acusada se adhirió a esta nueva calificación y la mujer, que compareció por videoconferencia, reconoció los hechos y aceptó la nueva petición de pena, lo que derivó en una sentencia de conformidad.
Finalmente, la Audiencia Provincial de Salamanca la ha condenado como autora de un delito contra la salud pública a las siguientes penas:
La sentencia fue declarada firme en el mismo acto del juicio, ya que las partes manifestaron su intención de no recurrirla. El tribunal se pronunciará en una resolución aparte sobre una posible suspensión de la ejecución de la pena de prisión.