Durante la semana que ahora termina, los políticos y periodistas de “la caverna reaccionaria” han crucificado a la vicepresidenta del gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, por criticar la absolución del futbolista Dani Alves por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, al revocar la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona que condenó al futbolista a una pena de prisión de cuatro años y seis meses, la pena mínima posible prevista en el Código Penal para el delito de violación, dado que concurrió una circunstancia atenuante –muy criticada- de reparación del daño, al haber depositado el acusado 150.000 euros para destinarlos a la indemnización a la víctima por los perjuicios y daños físicos y morales sufridos. Esto ya, en sí, fue criticable, porque si hubiera cometido los hechos una persona que no tiene la abundancia de recursos económicos que este futbolista, cualquier “robagallinas” de un barrio marginal de cualquier ciudad, no se le hubiera rebajado la pena en esta cuantía tan relevante.
La Audiencia consideró que la declaración de la víctima fue “coherente y especialmente persistente, no sólo a lo largo de la instrucción de la causa sino también en el plenario sin que se evidenciase en el interrogatorio la concurrencia de contradicción relevante en relación a lo previamente declarado por ella en instrucción”. Además, la referida Audiencia consideró que el resto de pruebas practicadas, la declaración de los testigos y los informes periciales correspondientes, fueron suficientes para declarar que hubo una corroboración periférica con datos objetivos que demostraban que el encausado vulneró el consentimiento de la víctima en la relación sexual y, por tanto, declaró probados los hechos como delito de violación.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña absuelve al condenado porque la declaración de la víctima, las de los testigos y el resto de pruebas practicadas en el juicio no han sido suficientes para enervar la presunción de inocencia y, en consecuencia, no se puede probar la culpabilidad y decide la absolución de Dani Alves.
Con independencia de que los magistrados de la Audiencia hayan considerado probado el delito de violación, esta sentencia, como cualquier resolución judicial está sometida a una revisión por un tribunal superior, “ad quem”, como es el Tribunal Superior de justicia de Cataluña e incluso, también en este caso, por el Tribunal Supremo, en recurso de casación. Por lo tanto, cualquier resolución judicial debe respetarse, sí, pero puede cuestionarse, faltaría más, en aras, no sólo a esa posibilidad de revisión de decisiones que pueden modificarse, sino también como consecuencia del ejercicio de un derecho constitucional como es la libertad de expresión, sagrado principio que muchas veces se nos olvida.
Por tanto, las desaforadas críticas vertidas contra la vicepresidenta Montero por afirmar que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña es “una vergüenza”, son fruto de posiciones ideológicas que están acostumbrados a ejercer el poder, por casta y por tradición, y a que sus criterios no se puedan cuestionar. Ya se sabe, cuando alguien se considera dueño de un “cortijo” no le gusta que lo cuestionen. Las críticas han venido no sólo de la clase política de turno, sino también de las asociaciones judiciales, como si los jueces fueran “dioses” y criticar sus decisiones fuera poco menos que hacerlo con las decisiones de la Inquisición en sus épocas más terribles de finales del siglo XV o principios del XVI en España.
Además, si esto fuera así, cuando desde la clase política se sataniza a la ministra y se pide su dimisión irrevocable o el cese por parte del presidente del gobierno, como lo han hecho PP y Vox, se contrasta con la hipocresía de unos políticos que llevan sistemáticamente día tras día desde hace más de un año, bombardeando a la opinión pública acusando de comisión de hechos delictivos a la esposa del presidente del gobierno, al hermano o a ciertos miembros del gobierno, sin que se haya probado absolutamente nada de lo que les imputan algunos jueces. ¿Dónde queda ahí la presunción de inocencia?. No, en este caso, no hay presunción de inocencia, sino de culpabilidad, puesto que no se ha condenado ni a la mujer ni al hermano de Sánchez ni a esos miembros del gobierno, a los que se califica de “corruptos” sin haberse probado aún nada de las imputaciones.
Sin embargo, sí que han sido condenados muchos miembros de los antiguos gobiernos de Aznar y los de M. Rajoy como presidentes, además de las condenas por casos como el de la Gürtel o el de las reformas de la sede del PP –pagadas con dinero negro-. Aquí sí se les puede denominar “corruptos”, porque ya han sido condenados por delitos relacionados con la corrupción política y económica. Otro ejemplo es el de las declaraciones efectuadas hace unos meses por el eurodiputado del PP, González Pons, quién calificó al Tribunal Constitucional como “cáncer de la democracia”. Esto demuestra una hipocresía sin límites.
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