Los operadores turísticos españoles muestran su inquietud ante la imposibilidad de cumplir los requisitos exigidos por esta nueva normativa, que entrará en vigor el 1 de octubre
El 27 de octubre de 2021, el sector turístico español tuvo conocimiento a través del BOE, de la publicación del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. Tras el análisis de las nuevas obligaciones establecidas por la normativa y su próxima entrada en vigor, los operadores turísticos españoles alertan del posible caos que podría generar su aplicación y manifiestan su inquietud, señalando que es imposible cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto.
La normativa impone nuevos requisitos para el registro de los viajeros que se alojen en establecimientos turísticos, así como la transmisión de estos datos por medio de una plataforma diseñada por el Ministerio del Interior. Los operadores turísticos señalaron que dicha plataforma se había demostrado muy ineficiente, haciendo imposible la recogida y transmisión de estos datos. Esto dio lugar a que, ante las protestas de las empresas, el Ministerio decidiera prorrogar su entrada en vigor en dos ocasiones (primeramente, con una ampliación hasta el 2 de noviembre del 2023 y, posteriormente, con la ampliación hasta el 1 en octubre del 2024), permitiendo hacer el envío por el sistema electrónico tradicional.
La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) que agrupa a todas las modalidades de alojamiento español reglado y representa a 51 asociaciones nacionales, provinciales, regionales y sectoriales, apunta que “es incomprensible el empecinamiento de los responsables del Ministerio del Interior, bajo la dirección del ministro Fernando Grande-Marlaska, en provocar un caos para los colaboradores del ministerio y en generar una amenaza de grandes multas y sanciones a todos los que no actúen bajo unos nuevos parámetros que, a nuestro juicio, son incumplibles e ilegales, y que provocarán la segura pérdida de información sensible sobre los viajeros y un aumento de responsabilidad sobre datos no comprobables”.
El Real Decreto 933/2021 amplía las obligaciones de las empresas a recoger datos que no se limitan a los que aparecen en documentos oficiales (como DNI y pasaporte), tales como métodos de pago, transacción económica, datos del contrato, domicilio actualizado, teléfono móvil o correo electrónico del usuario, que sólo pueden ser recogidos de forma manual. Para los hoteleros, es imposible recabar y certificar la autenticidad de algunos de estos datos, por lo que esto provocaría un caos organizativo en las recepciones en perjuicio de los usuarios y contraviniendo flagrantemente las normas de minimización de datos de las directivas europeas y su protección.
CEHAT recuerda además que más del 70% de las empresas de alojamiento son pymes y micropymes que no pueden disponer de la protección suficiente de ciberseguridad que garantice la protección efectiva de los datos recogidos.
Además, la propia Unión europea ha decidido en julio de 2024 que las aerolíneas solo podrán recabar datos de forma automatizada, reemplazando los métodos manuales - que son a los que obliga este Real Decreto- por la no aparición en documento oficial de muchos de los datos requeridos. Asimismo, la UE decidió que estos datos pueden recopilarse sin que las empresas estén obligadas a verificarlos cuando se viaje dentro del espacio Schengen.
Ante la inmediata entrada en vigor el 1 de octubre de este Real Decreto, CEHAT ha manifestado la necesidad de reunirse nuevamente con el secretario de Estado o el ministro del Interior sin respuesta por parte del Ministerio, lo que ha provocado un gran malestar en todo el colectivo y la puesta en marcha de sus servicios jurídicos para impedir su aplicación.
Por último, hay que destacar que, según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), en España ya el 83% de los españoles que se alojan fuera de su residencia habitual y el 33% de los extranjeros no pasan por un establecimiento con recepción. La proliferación de alquileres turísticos legales e ilegales exige, por tanto, al Ministerio poner en marcha medidas realizables y cumplibles, aportando las herramientas a todas las empresas que garanticen la minimización de datos la eficiencia en su recogida y envío y la no obligación de verificación fuera de los datos recogidos en documentos oficiales. Si esto no se produce provocará graves problemas a empresas y a viajeros sin que ello redunde en el aumento de la seguridad de nuestro destino turístico.