, 13 de octubre de 2024
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El Gobierno amplía la cartera de salud bucodental
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El Gobierno amplía la cartera de salud bucodental

Actualizado 18/06/2024 19:08
EP

Destinará 68 millones de euros a las comunidades autónomas

El Gobierno ha aprobado la distribución de 68 millones de euros a las CCAA para ampliar la cartera de salud bucodental, según ha avanzado la ministra de Sanidad, Mónica García, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este martes. "Es una demanda histórica, porque no se puede entender nuestro Sistema Nacional de Salud sin entender que también tiene que incluir la salud bucodental", ha señalado.

Inicialmente, en esta prescripción está incluida la salud bucodental de la población infanto-juvenil, embarazadas, personas con discapacidad y personas con cáncer, en concreto aquellas personas diagnosticadas de procesos oncológicos del territorio cervicofacial. Esta partida tendrá que aprobarse luego en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud para que las comunidades puedan hacer efectiva esta ampliación.

El objetivo del Plan para el ejercicio 2024 es incorporar las prestaciones públicas odontológicas y medidas preventivas siguientes: a toda la población se le ofrecerá información y recomendaciones sanitarias individualizadas sobre las medidas básicas higiénicas y dietéticas necesarias para alcanzar y mantener la salud oral; consejo odontológico; tratamiento de procesos agudos odontológicos; tratamiento farmacológico de la patología bucal que lo requiera; exodoncias, exodoncias quirúrgicas y cirugía menor de la cavidad oral; detección precoz de lesiones premalignas y, en su caso, biopsia de lesiones mucosas.

En el caso de la población infantojuvenil y de las personas mayores de 14 años con discapacidad intelectual o con una discapacidad limitante de la movilidad de los miembros superiores se incluyen revisiones periódicas; tratamientos preventivos como tartrectomías, aplicación de sustancias remineralizantes, antisépticas y desensibilizantes, el sellado de fosas y fisura; y también, actuaciones de carácter restaurador como obturaciones en lesiones que no asocien daño pulpar irreversible, tratamientos pulpares y la reubicación, estabilización y ferulización de dientes incisivos y caninos definitivos en caso de traumatismos.