Aunque en la capital salmantina la renta para un periodo de tiempo muy concreto supone de momento un porcentaje pequeño, el crecimiento es constante
Los alquileres de temporada siguen aumentando su relevancia en el mercado inmobiliario en detrimento de los arrendamientos permanentes, como consecuencia de las sucesivas políticas que están empujando este fenómeno. En el primer trimestre de 2024 el peso de este tipo de alquileres llegó hasta el 11% del mercado, con un incremento interanual de la oferta del 56% interanual, mientras que la oferta de alquileres permanentes se redujo un 15% en el mismo periodo, según los datos de Idealista.
En la capital salmantina, aunque el peso de este tipo de alquileres se mantiene bajo, en un dos por ciento, mantiene la tendencia nacional y no para de incrementarse su oferta en detrimento del alquiler permanente. De esta manera, en el primer trimestre del presente año, los alquileres permanentes han caído un 24% en Salamanca, mientras que los temporales se han incrementado un 57 por ciento, superando en ambos casos la media de las capitales españolas.
En San Sebastián y Barcelona el 30% de las viviendas que se ofrecen lo hacen para el alquiler de temporada, mientras que en Cádiz lo hacen el 21% del total. Las zonas menos tensionadas esta modalidad temporal es prácticamente inexistente, ya que en 5 capitales el peso de la misma sobre el mercado ronda el 0%: Soria, Lugo, Ceuta, Ourense y Guadalajara; con el 1% se encuentran las capitales de Ciudad Real, Melilla, Teruel y Palencia.
Entre los grandes mercados el mayor incremento de la oferta de temporada se ha dado en Palma y Málaga, que cuentan con un 79% más que hace un año, seguidos por San Sebastián (77%), Sevilla (74%), Valencia (62%), Madrid (56%) y Barcelona (53%). En Bilbao, por su parte, la oferta de alquileres temporales ha crecido un 49% en los últimos 12 meses, mientras que se ha incrementado un 29% en Alicante.
Los mayores y más espectaculares incrementos de oferta de este tipo se han dado en pequeños mercados donde este fenómeno era hasta ahora prácticamente inexistente y en los que la aparición de un puñado de anuncios ha provocado subidas muy pronunciadas. Son los casos de Badajoz (2.560%), Cáceres (800%), Huelva o Lleida (650% en ambos casos). Por el contrario, en cuatro capitales los alquileres temporales se han reducido durante este año: Lugo (donde han desaparecido), Teruel (-67%), Palencia (-33%) y Ávila (-33%).
En paralelo a estos crecimientos, los alquileres de larga estancia siguen cayendo en este último año en los principales mercados. El mayor descenso se da en Bilbao (-33%), seguido por Sevilla (-27%), Madrid (-24%), San Sebastián (-22%), Palma (-20%) y Barcelona (-15%). Aún así, 2 grandes mercados han visto cómo su oferta crecía ligeramente: Valencia (4%) y Málaga (2%), mientras que en Alicante se ha mantenido estable. Entre el resto de ciudades la mayor caída se ha dado en Córdoba (-66%), Oviedo (-46%), Palencia y Ávila (-41% en ambos casos), mientras que las mayores subidas se han producido en Cuenca (35%), Girona (23%), Soria (17%), Almería (15%), Huelva (13%) y Teruel (11%).
Para Francisco Iñareta, portavoz de idealista, “los datos del primer trimestre siguen poniendo de manifiesto que legislar de espaldas a los propietarios acaba destruyendo el mercado. Las medidas adoptadas en materia de alquiler han trasladado la oferta del alquiler permanente al alquiler de temporada, una formula perfectamente legal pero que viene a dificultar aún más el acceso a la vivienda de las personas y las familias más desfavorecidas".
"Resulta obvio ya que el origen de los problemas de alquiler no está en los precios, sino en el enorme déficit de oferta, lo que genera tensiones en los precios y ansiedad en las familias que comprueban la dureza de la competencia con decenas de familias. La situación exige un reequilibrio en las relaciones de propietarios e inquilinos que aflore mucho producto al mercado y permita que la situación se normalice”, ha afirmado.
Los alquileres de temporada son aquellos que no se destinan a satisfacer una necesidad permanente de vivienda, sino que sirven al alojamiento durante un periodo de tiempo muy concreto (por lo general, inferior al año). Se rigen por la voluntad de las partes, la Ley de Arrendamientos Urbanos y el Código Civil. Quedan fuera del ámbito de aplicación de la reciente Ley de Vivienda, por lo que no se ven afectados, entre otros aspectos, por las limitaciones en las actualizaciones de la renta o las prórrogas extraordinarias del contrato. Esto ha provocado que su impacto haya sido mayor en los grandes mercados y, sobre todo, en aquellos en los que los gestores públicos han anunciado su interés por aplicar un efectivo control de precios (particularmente, en las llamadas zonas tensionadas).