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¿Incoherencias transitorias?
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¿Incoherencias transitorias?

Actualizado 25/03/2024 09:38
José Fermín Rozas

¿Incoherencias transitorias? | Imagen 1

De vez en cuando recuerdo esta interesante señal del Reglamento de Circulación: “S-28. Calle residencial. Indica las zonas de circulación especialmente acondicionadas que están destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes: la velocidad máxima de los vehículos está fijada en 20 kilómetros por hora y los conductores deben conceder prioridad a los peatones. Los vehículos no pueden estacionarse más que en los lugares designados por señales o por marcas.

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El siguiente párrafo puntualiza “Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación. Los juegos y los deportes están autorizados en ella. Los peatones no deben estorbar inútilmente a los conductores de vehículos.” Inédita mucho tiempo en nuestro espacio urbano, hace unos años se instaló en la Plaza de Poeta Iglesias. Y ha convivido hasta hace unos meses con varios pasos de peatones perfectamente señalizados, dentro de su área de aplicación. Todavía muy visibles para algunos conductores, a pesar de eliminarse las señales.

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Con la nueva política gubernamental impulsando una movilidad más sostenible en las ciudades (lo del tren ya tal), en Salamanca se han señalizado amplias zonas. Empezaron por el Barrio de la Vega, donde en breve reformaran su espacio público. Recientemente llegó al Barrio de Labradores, con una sugestiva modificación de sus accesos para vehículos, excepto por Rodríguez Fabrés desde la Avenida de Mirat. Han levantado los pasos de peatones a la altura de la acera, imagino marcando la prioridad peatonal e indicando a los vehículos su entrada a una zona diferente donde no tienen preferencia.

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No sé si en algún momento se modificarán las aceras y sus correspondientes bordillos marcando las calzadas. De momento transitar por aquí no trasmite confianza al peatón para pretender su prioridad. Se entiende que la señalización preexistente de la ORA y marcas viales en el suelo atienden a la norma respecto al estacionamiento. Pero mantener el diseño previo de las calles, y el comportamiento de la mayoría de vehículos, no ayudan precisamente a facilitar “Los juegos y los deportes” autorizados en las calles. De hecho hay quien recuerda sonoramente lo de no estorbar inútilmente.

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Y luego están los pasos de peatones perfectamente visibles y sin visos de esfumarse. Como no soy de esos reputados juristas españoles pontificadores, no me atrevo a afirmar que parece contradictorio. Si “Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación” no acabo de ver la necesidad de señalizar esos pasos de peatones. Sobre todo tras su “desaparición” en Poeta Iglesias. Si ya no son necesarios, supongo que no es preciso entonces recordar los recorridos absurdos cuando inexplicablemente, en una zona además fundamentalmente residencial, falta algún paso en un cruce. Y una calle todavía mantiene aceras difícilmente conciliadoras con las normas de accesibilidad.

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Claro que tampoco entiendo la señal de zona residencial de Poeta Iglesias, cuando a la entrada de las calles que conducen a ella hay plantadas señales R-100 (“Circulación prohibida. Prohibición de circulación de toda clase de vehículos en ambos sentidos.”) con el añadido de Zona Peatonal (según la Ley de Tráfico “Parte de la vía, elevada o delimitada de otra forma, reservada a la circulación de peatones.”) Aunque cualquiera lo diría con el tráfico de vehículos en demasiados momentos, fuera de la Carga y Descarga. Quizás con el paso del tiempo las cosas se vuelvan más coherentes.

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