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El espacio que fomenta la economía social en el mundo rural de Castilla y León
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INICIATIVA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

El espacio que fomenta la economía social en el mundo rural de Castilla y León

Actualizado 27/11/2023 10:34
Redacción

El objetivo final es fomentar la capacidad generadora de puestos de trabajo en situaciones con mayores dificultades de inserción en el mercado laboral

La economía social en el mundo rural de Castilla y León ofrece muchas oportunidades: empleo inclusivo, emprendimiento colaborativo, cooperativas, sociedades laborales… pero, ¿en qué consiste el espacio que dedica a esta área la Junta de Castilla y León?

Su web jcyl.es/economiasocial se ha convertido en un espacio de atención específica a estas otras formas de actividades económicas y creación de riqueza que pueden ser incluidas dentro del concepto de Economía Social. El objetivo final es aprovechar la capacidad generadora de puestos de trabajo de la Economía Social, de forma especial para aquellos colectivos de trabajadores que presentan mayores dificultades de inserción en el mercado de trabajo, tanto por sus características personales como por razón de la zona geográfica en la que habitan.

Sociedades cooperativas

Se entiende por sociedad cooperativa la sociedad constituida por personas que se asocian, en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas y sociales, con estructura y funcionamiento democrático.

Podrán constituirse sociedades cooperativas en Castilla y León con un capital social mínimo que no será inferior a 3.000 euros, que serán desembolsados en el momento de su constitución.

Con su inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas de la Comunidad, adquieren personalidad jurídica.

Las sociedades cooperativas podrán ser de primer grado, estando integradas como mínimo por tres socios que realicen actividad cooperativizada, sin perjuicio de lo establecido legalmente para cada clase de cooperativa, o de segundo grado, estando constituida como mínimo por dos cooperativas.

Fomento de la inserción de colectivos desfavorecidos

Los Centros Especiales de Empleo son aquellos cuyo objetivo principal es realizar un trabajo productivo, participando regularmente en las operaciones del mercado y teniendo como finalidad asegurar un empleo remunerado y la prestación de servicios de ajuste personal y social que requieran sus trabajadores con discapacidad. Pretende ser un medio de integración del mayor número de trabajadores con discapacidad al régimen de trabajo normal.

La totalidad de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo estará constituida por trabajadores con discapacidad, sin perjuicio de las plazas que deban ser cubiertas por personas sin discapacidad y que resulten imprescindibles para el desarrollo de la actividad. En cualquier caso, el número de trabajadores con discapacidad no será inferior al 70% del total de la plantilla de la empresa.

En su estructura y organización se ajustarán a los de las empresas ordinarias, sin perjuicio de la función social que han de cumplir y de sus peculiares características.

Todos sus beneficios, aquí.