«La igualdad es el ama de la libertad; de hecho, no existe libertad sin ella».
Frances Wright
Sara Higuera Durán
Defensora de los Derechos Humanos
En la distancia que existe entre los estereotipos y prejuicios hasta el genocidio nos encontramos una escala de actitudes y comportamientos que comprometen la seguridad e integridad de quienes deberían ser vistos como iguales, porque lo son. Los delitos de odio son acciones dirigidas contra personas concretas, pero con el objetivo último de generar sentimientos de miedo e inseguridad en el colectivo social. Por esta razón constituyen una grave amenaza para la seguridad, pues agrietan la convivencia pacífica de la ciudadanía.
El odio actúa como motor de comportamiento. Nunca está de más recordar que todo hunde sus raíces en la educación que recibimos; es cuando desarrollamos los prejuicios, construcciones sociales que nos sirven para autojustificar un trato normativo diferente perjudicando a colectivos, constituyendo la base de los comportamientos discriminatorios. Y la realidad es que la mayor parte de la discriminación no son acciones explicitas, sino indirectas. Por ello deben ser visibilizadas para poder actuar contra las mismas.
Muchos casos no son denunciados por miedo, y los que sí son castigados dejan graves secuelas en las víctimas: Nawar, de Siria, alega que «El racismo duele más que los golpes» y Fernand, de Guinea, comparte que «Un negro es un chico discriminado en todos lados». Son solo dos de las numerosas víctimas afectadas por esta problemática.
Resulta preocupante que este tipo de acciones sean llevadas a cabo por profesionales cuya función es precisamente actuar ante este tipo de sucesos, como el caso que se dio en un acto organizado en las Cortes Valencianas en las que un mando policial afirmaba el pasado 14 de octubre que «la práctica totalidad de los detenidos son extranjeros”» La libertad de expresión debe limitarse cuando confronta otros derechos, cuando no responde a la verdad y se utiliza como apología al odio.
Más grave si cabe es que este tipo de actitudes y creencias se cuelen en la LEY. En un informe emitido por expertos en derechos humanos de la ONU se señala cómo la discriminación afecta a los niños y niñas afrodescendientes en todo el mundo, hasta el punto de que no son considerados niños ante los ojos de la ley. El informe, presentado ante la Asamblea General de la ONU en Nueva York, destaca la discriminación en áreas que incluyen la administración de justicia, la aplicación de la ley, la educación y la salud. Se encontró que los niños afrodescendientes se enfrentan a una vigilancia policial más estricta, que incluye más arrestos, mayor vigilancia, más discriminación racial y mayor uso excesivo de la fuerza.
Discriminación también es la dificultad de acceso a una vivienda estable y digna que afecta más duramente a inmigrantes, colectivo vulnerable por definición que, por este tipo de situación, verá afectadas otras áreas como su integridad física y moral así como el acceso a prestaciones básicas.
El discurso de odio atenta contra la dignidad de la persona, y no todo discurso de odio se considera delito, solo las expresiones más graves. Pero también es cierto que no se puede extender el delito de odio a situaciones que no lo son porque «si todo es delito de odio, al final nada acaba siendo delito de odio». También hay que considerar la vigilancia de este tipo de discursos a través de medidas que no impliquen la imposición de penas de cárcel, como considera Carlos Escaño en un artículo de 2021 publicado por Amnistía Internacional. Continúa diciendo que «las normas internacionales de derechos humanos establecen que debe prohibirse toda expresión de odio nacional, racial o religioso que constituya incitación directa a la discriminación, la hostilidad o la violencia contra un grupo de personas vulnerable, lo que se suele conocer como "apología del odio"».
Todo ello se intensifica con las redes sociales donde el impacto de lo que cualquier persona pueda difundir, puede calar profundamente en la percepción que tenemos sobre estos colectivos vulnerables. Y más sencillo parece aún difundir un discurso de odio a través de lo que se denominan fakenews.
A modo de ejemplo, tenemos dos casos que vislumbran la peligrosidad de este tipo de acciones. En primer lugar, el caso juzgado en la Audiencia de Barcelona que versa sobre un agente de la Guardia Civil, que difundió noticias falsas sobre menores no acompañados de origen marroquí en Canet de Mar, a quienes atribuyó un vídeo grabado en China en el que se les acusaba de violación y se les llamaba «energúmenos» y «manadas de marroquíes». Por otro lado, tenemos el caso de una mujer que en 2019 difundió un video de un centro educativo de Brasil, en el que se producían destrozos, alegando que el mismo pertenecía a un centro educativo para emigrantes ilegales en España. Un claro delito contra los derechos fundamentales y libertades públicas por discriminación. En estos casos, hemos de poner de relieve la necesidad de encontrar el equilibrio entre una regulación que impida a las redes sociales alimentar el terreno de la discriminación y una censura que amordace la libertad de expresión.
En definitiva, actos y discursos intolerantes consistentes en bulos o microagresiones, discriminación en el acceso de derechos, agresiones físicas y verbales… hasta asesinatos, constituyen una clara vulneración de derechos humanos a través del quebrantamiento del principio de igualdad. Por ello, es necesaria una legislación antidiscriminatoria para lograr cambios estructurales hacia una igualdad real. Pero no solo ello, también se necesitan medios efectivos para materializar lo que se plasma en las leyes, pues de otra forma las pretensiones quedan sobre papel mojado. No podemos permitir que este tipo de sucesos sigan en auge en nuestro país. No podemos permitir que sigan violándose los Derechos Humanos de las personas.
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