Los socialistas matizan que la sentencia “valora la corrección del Alcalde al tramitar la cuestión” y que lo único reprochable según el juez es que el pleno “no actuó correctamente al votar la urgencia solo por mayoría simple”.
La resolución judicial sobre el cambio de portavocía que vivió el PP en el final de la legislatura pasada, abre una nueva línea de confrontación entre Alejo Riñones y la Agrupación Socialista Bejarana.
El PSOE, tras las alusiones hechas por el exedil popular en su comunicado, ha querido matizar que “la sentencia se cita expresamente que el MINISTERIO FISCAL se opone al recurso del Sr Alejo” y que por tanto el juez entiende que “el Ayuntamiento actuó correctamente en cuanto a la motivación de la urgencia y el fondo del asunto (admitir un escrito firmado por la mayoría de los miembros del Grupo municipal del PP) y no actuó correctamente al votar la urgencia solo por mayoría simple”. Así mismo, según explican los socialistas, el juez “valora la corrección del Alcalde al tramitar la cuestión” y justifica “que se pidiera con urgencia un informe al Secretario".
En la sentencia, recalca el PSOE, se “declara expresamente la validez y suficiencia del escrito presentado por los cuatro miembros del Grupo Popular y la legalidad de hacerlo con esa mayoría sin necesitar la unanimidad” y que con respecto a las costas del juicio “que normalmente deberían haber sido soportadas por el Excmo. Ayuntamiento de Béjar, sorprende al manifestar expresamente las dudas de derecho que le supone la valoración del caso concluyendo no hacer imposición de costas. Esto es una auténtica victoria para el Excmo. Ayuntamiento de Béjar, que no debe soportar el pago de los honorarios del abogado del Sr Riñones”.
La Agrupación Socialista Bejarana expresa que la sentencia ha sido interpretada “de manera subjetiva y poco ortodoxa por el Sr Alejo” y recrimina al ex integrante del PP que omite “que es su propio partido el que con una mayoría legal le suprime como Portavoz, que son sus propios compañeros de Grupo Político los que le echan de ese cargo (al Pleno solo se le debe dar cuenta de ese acuerdo adoptado legalmente). Y que lo hacen de la manera correcta como dice la sentencia. Nada dice de la oposición del Ministerio Fiscal a su recurso. Nada dice sobre que el Juez considera motivada la inclusión como asunto de urgencia. No explica que, únicamente por la voluntad del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Béjar, del Grupo Municipal Tú Aportas Béjar y del Grupo Municipal Ciudadanos, de no interferir en una “cuestión de partido”, como se dice en la demanda, absteniéndose a la hora de votar la urgencia, defecto subsanable simplemente con el hecho de no haberse abstenido por corrección política, se provoca que se anule el acuerdo conforme al criterio establecido por la jurisprudencia. Tampoco explica que el asunto no tiene ningún recorrido porque resulta imposible retrotraerse a ese momento y restituirle en el cargo del que le echaron sus compañeras y compañeros. Además, se debe resaltar lo llamativo que resulta que el Juez, razonando a la hora de imponer las costas, ponga de manifiesto de manera expresa las dudas que le genera el fallo y no haga una imposición de las costas al Ayuntamiento, como podría ser previsible. Debiendo por tanto pagar de su bolsillo o del Partido Popular de Béjar los gastos generados en un fallo judicial que desde el primer momento se sabía llegaría cuando él ya habría sido relegado de su partido y de la política.
Finalmente, el PSOE recuerda a Riñones que “por corrección política el resto de los grupos se abstuvieron en esta cuestión. Se llevó a pleno para evitar un mes, hasta el siguiente pleno, de enfrentamientos dentro del Partido Popular de Béjar, en un periodo preelectoral. Para no hacer un circo de la política. Para dignificar el trabajo de quienes representamos a toda la ciudadanía. El Sr. Riñones claramente ha perdido. Y con su actitud hace muy difícil que el respeto y la consideración que se le ha tenido se pueda, por nuestra parte, seguir manteniéndose” finaliza el escrito socialista.