, 12 de mayo de 2024
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El Consejo Consultivo pide al Ayuntamiento de Vitigudino más información para dar su dictamen sobre la devolución de sueldos
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TRAS LA DOCUMENTACIÓN ENVIADA POR PÉREZ BLANCO

El Consejo Consultivo pide al Ayuntamiento de Vitigudino más información para dar su dictamen sobre la devolución de sueldos

Actualizado 14/06/2023 09:28
Miguel Corral

El Consistorio no facilitó información sobre la situación de no adscrita de una de las concejalas y los fallos del Procurador del Común y del Juzgado de lo Contencioso, además de sugerir que se realice un trámite general del expediente y que la resolución la dicte un funcionario

El Consejo Consultivo de Castilla y León solicita al Ayuntamiento de Vitigudino mayor información para poder emitir un dictamen a la solicitud de Responsabilidad Patrimonial del Ayuntamiento presentada por la alcaldesa de Vitigudino, Luisa de Paz, y las concejalas Victoria Rodríguez y María José Vicente para justificar la no devolución de lo cobrado por dedicaciones desde el 1 de agosto de 2019 al 31 de diciembre de 2022.

En contra de la información facilitada por la alcaldesa de Vitigudino a LAS ARRIBES AL DÍA, respecto a que el Consejo Consultivo había rechazado la documentación remitida a esta institución por el portavoz de Ciudadanos, José Antonio Pérez Blanco, el Consejo Consultivo ha determinado sobre la base de la documentación aportada por Pérez Blanco, que la instrucción del procedimiento de devolución debió seguir el cauce general y no abreviado, lo que comporta una menor información; aconseja que el instructor del expediente sea distinto al que deba adoptar la resolución, mejor un funcionario ante “las posibilidades del Ayuntamiento. Asimismo, y “discrepa” de que el caso de la concejala no adscrita, María José Vicente, sea igual que el de la alcaldesa y la concejala Victoria Rodríguez, cuestión sobre la que “en el expediente remitido no obra documentación ni referencia alguna a tal extremo”, señala el Consultivo, especialmente la “Resolución del Procurador del Común, de 20 de noviembre de 2020, sobre la situación y retribuciones de la concejal no adscrita”, que la considera no conforme con la ley autonómica, lo que ratificó el juzgado de lo Contencioso nº1 de Salamanca en marzo de 2023, el cual consideró nulo el acuerdo del pleno por el que se le autorizaba cobrar la dedicación parcial.

La solicitud de Responsabilidad Patrimonial solicitada por la alcaldesa y las dos concejalas se sustenta principalmente en un informe de la anterior secretaria municipal, que certifica la existencia de crédito presupuestario para cubrir las dedicaciones, y errores en las convocatorias de los plenos que fueron posteriormente anulados por los juzgados tras las denuncias presentadas por Pérez Blanco.

Es por ello que las solicitantes entienden que “no tengo el deber de soportar la devolución de lo efectivamente percibido por mi dedicación efectivamente cumplida como relación laboral, puesto que se genera un daño evidente. Y la causa de ese daño es el mal funcionamiento de la Administración a la que he servido durante la legislatura presente”, en cambio, Pérez Blanco señala al Consultivo. que, “las decisiones libérrimas adoptadas sobre dedicaciones y retribuciones/indemnizaciones las tomaba personalmente la alcaldesa”.

Ante la “gravedad de las actuaciones de la secretaria que se apuntan en la propuesta de resolución, en la que se basan también las reclamaciones, obliga a que se deje constancia en el expediente de todos los hechos y circunstancias, y que se recojan los fundamentos jurídicos en los que la Administración pretende apoyarse para justificar la responsabilidad patrimonial que se propone reconocer”, sin embargo, en “en el expediente remitido no solo no constan los hechos y circunstancias relevantes (por ejemplo, no obran los expedientes disciplinarios seguidos frente a la anterior secretaria ni sus consecuencias), sino que tampoco se analiza la razonabilidad o no del acuerdo adoptado por el Pleno y de la actuación de los propios reclamantes al adoptar el acuerdo plenario cuya anulación ha motivado la presentación de las reclamaciones”, a lo que añade que “no cabe obviar que el Ayuntamiento ha defendido su validez en la vía judicial”.

Teniendo en cuenta la “discrepancia manifestada por este Consejo sobre la inequívoca relación de causalidad invocada por la Administración consultante”, el Consejo Consultivo añade que “debe continuarse el procedimiento de responsabilidad patrimonial por la tramitación ordinaria”, lo que comporta un informe de la actual secretaria del Ayuntamiento en el que se pronuncie “sobre la realidad y la causa de los daños y sobre la actuación administrativa que se haya desarrollado o haya podido originarlos, y formular las conclusiones que sean pertinentes sobre ello. En particular, debe analizar los hechos y las vicisitudes que se desprendan del expediente que permitan un conocimiento completo de lo ocurrido y también de las actuaciones realizadas (competencia para realizar la convocatoria, sentido del voto, debates, actuaciones posteriores, etc.).

Además, se abrirá “trámite de audiencia a todos los interesados, en el que se les ponga de manifiesto el expediente completo, a fin de que, en un plazo no inferior a 10 días ni superior a 15 días, puedan formular alegaciones y presentar los documentos que consideren oportunos”. También, se deberá presentar una “propuesta de resolución debidamente motivada, que incluya, no solo los antecedentes de hecho, sino también los fundamentos jurídicos que motiven la decisión que se proponga adoptar”.

En relación con la actuación del concejal delegado, “llama la atención de este Consejo que la propia instrucción del procedimiento se haya realizado por el mismo órgano que, por delegación de la alcaldesa, tiene que resolver”, por lo que “parece razonable que en un Ayuntamiento que cuenta con medios personales suficientes la instrucción de un procedimiento de esta naturaleza, y más en concreto teniendo en cuenta los cargos que ostentan los reclamantes, la instrucción del procedimiento se lleve a cabo por funcionarios del propio Ayuntamiento, y no por el concejal delegado a quien se ha delegado, además, la resolución del procedimiento”.

Por todo ello, “en el estado actual del expediente no procede emitir dictamen sobre el fondo del asunto en el expediente de responsabilidad patrimonial iniciado como consecuencia de las reclamaciones presentadas” por la alcaldesa y sendas concejalas

En declaraciones a este diario, la alcaldesa señaló sobre la solicitud de esta ampliación de documentación que “queremos que se tengan todas las garantías, que haya una garantía absoluta y no haya ninguna duda en el procedimiento cuando se emita el dictamen”.

Por su parte, José Antonio Pérez Blanco acusó a la regidora de “mentir una vez más cuando dijo que el Consultivo había rechazado la documentación que yo había enviado. Y ahora, como dice el consultivo, se demuestra que gracias a la información que yo le he facilitado ha descubierto lo que se está haciendo en Vitigudino. El Ayuntamiento ha ocultado información y ha tratado de engañar a una institución como el Consejo consultivo de Castilla y León”.