, 22 de diciembre de 2024
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Notable aumento de las bajas por incapacidad temporal en Salamanca: más de 43.000 en el último año
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datos de Sacyl

Notable aumento de las bajas por incapacidad temporal en Salamanca: más de 43.000 en el último año

Actualizado 19/05/2023 21:58
Redacción

La duración media se sitúa en 32,37 días

Un total de 43.390 bajas por incapacidad temporal se han tramitado a lo largo del último año en Salamanca, registrando un incremento de un 24,4% respecto al año precedente, según los datos de Sacyl; es la tercera provincia de Castilla y León, tras Zamora y Ávila, con mayor aumento, aunque lógicamente no es la que más bajas registra, estando por debajo de Valladolid, Burgos y León, que superan a la salmantina en número de trabajadores.

El número de bajas en Salamanca suponen una media de 3.616 al mes, y del total de las tramitadas, 25.202 eran mujeres y 18.188 hombres.

El índice mensual de bajas más bajo de la comunidad ha sido el de Salamanca, con 2,93 por cada 100 afiliados activos; la media en Castilla y León es de 3,6, con Burgos y Valladolid a la cabeza.

En cuanto a la duración media de las bajas tramitadas en Salamanca en el año 2022 ha sido de 32,37 días, similar en hombres y mujeres, y ligeramente inferior a la media regional. También es inferior a la media del año anterior, con 44,5 días.

El número medio de días que cada afiliado está en situación de IT al año es de 14,95 días (9,64 en hombres y 12,13 en mujeres)

Incapacidad temporal

Se entiende por incapacidad temporal (IT) la situación del trabajador que, por causa de enfermedad o accidente, sea o no laboral, se encuentra incapacitado para el adecuado desempeño de su trabajo y recibe asistencia sanitaria con cargo a la Seguridad Social.

Esta situación está regulada en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Tienen la consideración de situaciones determinantes de IT las debidas a enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo, mientras el trabajador reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y esté impedido para el trabajo, con una duración máxima de 12 meses prorrogable a otros 6 meses, controlada por los Servicios de Inspección de la Comunidad en los primeros 12 meses, pasados los cuales le corresponde el control al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Esta situación de IT puede generar dos tipos de prestación, una sanitaria orientada a la recuperación del trabajador y otra económica para resarcir a este mientras se encuentre de baja laboral. En la gestión de ambas prestaciones participan el Sistema Sanitario, las Inspecciones Médicas, el INSS, los Servicios Médicos de Empresa y las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social (MCSS).

El proceso de IT se inicia con un reconocimiento médico, generalmente es el facultativo de Atención Primaria, del Sistema Público de Salud, quien reconoce una alteración en la salud del trabajador que le impide desarrollar su trabajo. El reconocimiento del derecho a la prestación económica se realiza por parte del INSS, previa emisión del parte de baja (ver Anexo 4.2.), según recoge la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. Para poder percibir rentas de trabajo por IT es preciso estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta y cumplir unos periodos mínimos de carencia en contingencia por enfermedad común. El alta se produce, cuando tras el reconocimiento del médico, se determina la curación o mejoría que le permite realizar las tareas fundamentales de su trabajo.

Afiliados activos

afiliado activo es aquel trabajador adscrito a la Seguridad Social que percibe rentas del trabajo como consecuencia de la prestación efectiva de sus servicios retribuidos, bien sea por cuenta ajena (dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario), o propia (denominada autónomo).

El número medio anual de afiliados activos en la Comunidad en 2022, fue de 939.063 (un 2,0% más respecto el año anterior). En Salamanca fueron 123.321 -66.021 hombres y 57.300 mujeres-.

Por régimen, cerca de 8 de cada 10 afiliados de la Comunidad pertenecen al Régimen General (79,8%) seguido del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con un 20,2%. En Salamanca, 97.456 están en el Régimen General y 25.865 son autónomos.