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La directora general de Producción Agrícola y Ganadera aclara la normativa sobre el movimiento de terneros para cebo
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Reunión con los ganaderos

La directora general de Producción Agrícola y Ganadera aclara la normativa sobre el movimiento de terneros para cebo

Actualizado 19/01/2023 17:03
Adrián A. García

El acto ha tenido lugar este jueves en el salón de actos de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León

Este jueves, el sector ganadero y la directora general de Producción Agrícola y Ganadera de la Junta de Castilla y León, Teresa Rodríguez Vidal, han mantenido una reunión informativa sobre la nueva normativa nacional relacionada con el movimiento de terneros a cebadero.

El evento ha tenido lugar en el salón de actos de la Delegación Territorial de la Junta en Salamanca y a él han acudido varias decenas de ganaderos, que han expuesto a la directora general sus dudas, preocupaciones y malestar al respecto.

La propia Rodríguez Vidal ha asegurado que desde el gobierno autonómico han elevado sus quejas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación porque esta nueva normativa es "una obligatoriedad más para el sector ganadero que lo complica aún más. El ministerio está sometido a las directrices europeas, pero hay que elaborar un plan nacional.".

El reglamento 689/2020 entró en vigor en abril de 2021, aunque se concedió una moratoria en su aplicación hasta enero de 2023. Llegado el momento, el sector ganadero deberá cumplir con la normativa. "El reglamento europeo no hace diferenciación de códigos de reproducción y códigos de cebaderos. La excepción que la Comisión otorgó a Portugal y España es que esa prueba anual no se llevase a cabo en los cebaderos, pero ahora sí, todos los animales que entren en los cebaderos deben estar libres de tuberculosis".

Entre las excepciones, Teresa Rodríguez mencionó los animales que hayan tenido una prueba de tuberculosis en los seis meses anteriores al movimiento y también en aquelllos casos en los que el cebadero sea del mismo titular y tenga una prevalencia inferior al 1%, que en ls provincia de Salamanca se reduce a explotaciones de las unidades veterinarias de Alba de Tormes, Peñaranda y Sequeros.

De este modo, las pruebas de tuberculosis deberán hacerse los 45 días anteriores o posteriores al movimiento, en origen o en destino, "da igual", aseguró Rodríguez Vidal, quien desmintió que esta norma no se se esté cumpliendo en otras comunidades autónomas.

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