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¿Cuántas familias numerosas hay en Salamanca?
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LA MAYORÍA, CON TRES HIJOS

¿Cuántas familias numerosas hay en Salamanca?

Actualizado 07/11/2022 16:13
Redacción

El anteproyecto de la Ley de Familias, cuya aprobación en Consejo de Ministros se sigue demorando, incluye considerar a las familias monoparentales con dos hijos como familias numerosas

¿Cuántas familias numerosas hay en Salamanca? Atendiendo a los títulos vigentes que las reconocen como familias numerosas, en Salamanca son 3.875. La mayoría de ellas corresponden a familias con 3 hijos, un total de 2.539 familias.

Por su parte, con 4 hijos, Salamanca con 405 familias, descendiendo notablmente a partir de este número de hijos.

Así, con 5 hijos, Salamanca tiene 64 familias; con 6 hijos, 24 familias. Con 7 hijos son tan solo 2 las familias con título de familia numerosa en Salamanca, misma cifra que las familias numerosas con 8 hijos.

Las familias numerosas con 9 hijos se reducen a 1, según las estadísticas del registro de familias numerosas publicado por la Junta de Castilla y León.

¿Cuántos miembros deben formar parte de la unidad familiar para ser considerados familia numerosa?

  • Se considera familia numerosa la formada por uno o dos progenitores con tres o más hijos/as (sean o no comunes).
  • Asimismo, la Ley también equipara a familia numerosa la formada por dos hijos en el caso de que uno de ellos tenga reconocida discapacidad igual o superior al 33% o esté incapacitado para trabajar, con uno o dos ascendientes.
  • También, las familias integradas por dos ascendientes y dos hijos (sean o no comunes), siempre que ambos ascendientes tengan reconocida discapacidad igual o superior al 33% o estuvieran incapacitados para trabajar o uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • El padre o la madre separados o divorciados con tres o más hijos sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares y estén bajo su dependencia económica, siempre, aunque no vivan en el mismo domicilio conyugal.
  • Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se hallen a sus expensas.
  • Tres o más huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos si uno de ellos tiene reconocida discapacidad igual o superior al 33%, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.
  • El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.

El anteproyecto de la Ley de Diversidad Familiar y Apoyo a las Familias, cuya aprobación en Consejo de Ministros se sigue demorando, incluye considerar a las familias monoparentales con dos hijos como familias numerosas de cara a obtener beneficios sociales.