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¿Cómo están protegidos nuestros derechos más esenciales, los derechos humanos?
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¿Cómo están protegidos nuestros derechos más esenciales, los derechos humanos?

Actualizado 04/10/2022 09:41

El término "derechos humanos" se menciona siete veces en la Carta fundacional de la ONU, por lo que su promoción y protección son objetivos fundamentales y principios rectores de la Organización. En 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos los situó en el terreno del derecho internacional

Autora: Irene Martí García. Defensora de los derechos humanos.

La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) es el organismo encargado directamente de su promoción y protección. Apoya a los departamentos de derechos humanos que forman parte de las misiones de mantenimiento de la paz en varios países, y cuenta con un gran número de centros y de oficinas regionales y nacionales.

Los mayores responsables de la garantía de los derechos humanos a nivel nacional son los Estados, pues tienen la obligación de respetarlos, protegerlos y promoverlos. Solamente se ponen en marcha procedimientos a nivel regional e internacional cuando los jurídicos nacionales no pueden o no tienen la voluntad de solucionar las violaciones de derechos humanos.

El día 10 de diciembre de cada año celebramos el Día Internacional de los Derechos Humanos, fecha en la que la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal, en 1948.

Desde entonces, se ha desarrollado una extensa normativa, así como organismos, instituciones y tribunales dirigidos especialmente a la protección de los derechos humanos, sin olvidar las numeras organizaciones no gubernamentales (como Amnistía Internacional) las cuales, a través de la movilización, protesta, denuncia y demás acciones reivindicativas luchan incesantemente por la defensa de los derechos y contra la impunidad de las injusticias.

La protección de los derechos humanos se realiza en varios niveles.

Por un lado, desde una perspectiva internacional, se realizó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los cuales exponen derechos consagrados en la Declaración Universal y que, a diferencia de esta, los Estados que la han ratificado pueden invocarlos ante un tribunal, haciendo de esta manera más efectiva su aplicación y defensa. Además de estos dos, se han ido creando numerosas normativas, destacando las convenciones desarrolladas al amparo de las Naciones Unidas, especializadas en determinadas violaciones de derechos humanos, así como en grupos sociales en situaciones vulnerables.

Estas garantías normativas vienen acompañadas por los grupos de trabajo y expertos de los procedimientos especiales y los comités de las Naciones Unidas que examinan el efectivo cumplimiento por parte los Estados. Así como de los Tribunales Internacionales, como la reconocida Corte Penal Internacional y el Tribunal Internacional de Justicia, entre otros, que actúan como mecanismo de defensa y promoción de los derechos humanos, a través de una sentencia que los Estados concernidos están en la obligación de cumplir.

Por otro lado, desde una perspectiva regional, se han adoptado instrumentos como la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Europea de Derechos Humanos, que adaptan las normas y estándares internacionales de estos derechos a las preocupaciones y consideraciones específicas de determinadas regiones, como su cultura, costumbres y valores. A estos le siguen mecanismos que ayudan a su implementación, como la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, y los tribunales, que son la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Componiendo de esta forma los sistemas regionales de derechos humanos que fortalecen la protección y disfrute de estos.

Finalmente, a nivel nacional, se encuentran los mayores responsables de la garantía de los derechos humanos, los Estados, quienes tienen la obligación de respetarlos, protegerlos y promoverlos. Solamente se ponen en marcha procedimientos a nivel regional e internacional cuando los procedimientos jurídicos nacionales no pueden o no tienen la voluntad de solucionar las violaciones de derechos humanos. Pues, uno de los mayores graves problemas que surgen respecto a dicha protección a nivel interno viene cuando la propia constitución no ampara derechos humanos o lo hace de forma muy ambigua permitiendo su violación y, por tanto, imposibilitando la declaración de su violación ante un tribunal nacional. Por todo ello, resulta de extraordinaria relevancia el trabajo de los sistemas regionales e internacionales.

Ante la presentación de los mecanismos que velan por los derechos humanos, una se puede preguntar ¿cómo se siguen cometiendo graves violaciones de derechos humanos en el mundo y, además, quedan impunes muchas de ellas? Yo concluyo que esto se debe, entre otras causas, en primer lugar, a los intereses económicos de los Estados que conllevan actuaciones arbitrarias, además de su negligencia, discriminación y falta de disposición para proteger efectivamente los derechos humanos, destacando la no ratificación de la normativa internacional, con lo cual no va a estar obligado a cumplirla ni puede ser enjuiciado. En segundo lugar, a la falta de concienciación política y social basada en un espíritu de respeto hacia las particularidades de todas las culturas, lugares y personas, y de espíritu de progreso y mejora, así como de lucha contra las injusticias. Y, en tercer lugar, a la cuestionable efectividad del Derecho Internacional puesto que, en muchas ocasiones, su respeto y aplicabilidad dependen de los gobiernos de turno que se encuentren en el poder.

En definitiva, es determinante que todas las leyes y mecanismos que amparan los derechos humanos se apliquen efectivamente de forma universal, sin obstáculos, igualitaria y justamente, para lograr verdaderamente una sociedad en paz. Tanto los Estados como las personas debemos creer, luchar y defenderlos, no desde una perspectiva de obligación sino de compromiso social acompañado de una voluntad de conciliación y cooperación internacional, enfocado al bienestar, paz y justicia de todas las personas. Como dijo Kofi Annan, ex Secretario General de las Naciones Unidas “Todos sabemos cuáles son los problemas y todos sabemos lo que hemos prometido conseguir. Lo que se necesita ahora no son más declaraciones o promesas, sino acción; acción para cumplir las promesas ya hechas”.

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