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Los alumnos de 2 a 3 años podrán acceder al servicio y a las ayudas de comedor escolar en Castilla y León
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NOVEDAD CURSO 2022/23

Los alumnos de 2 a 3 años podrán acceder al servicio y a las ayudas de comedor escolar en Castilla y León

Actualizado 25/08/2022 11:13
EP

Castilla y León modifica el decreto que regula el servicio público de comedores escolares para que puedan acceder los alumnos del tercer curso del primer ciclo de educación infantil

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado este jueves una orden que modifica el decreto que regula el servicio público de comedores escolares con el fin de que puedan acceder al servicio y a las ayudas los alumnos del tercer curso del primer ciclo de educación infantil (de 2 a 3 años).

El servicio está regulado por una orden del 29 de abril de 2008 que establece que son destinatarios de las ayudas de comedor escolar los progenitores o tutores del alumnado que cursa el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes públicos que

dispongan del servicio de comedor.

Pero al estar prevista como novedad la oferta a partir del curso 2022/2023 de plazas del tercer curso del primer ciclo de educación infantil, de dos a tres años, en algunos centros docentes públicos que disponen de servicio público de comedor escolar, resulta necesario modificar la Orden para que los niños de dicho curso tengan acceso a las ayudas de comedor escolar.

Así, se modifica un primer artículo que indica ahora que el servicio de comedor escolar podrá ser solicitado por todo el alumnado que desee hacer uso del mismo mediante la presentación en el mes de septiembre de una solicitud dirigida al director del centro docente conforme al modelo que estará disponible en la sede electrónica de la Administración autonómica (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://educa.jcyl.es).

Y también se añade como destinatarios de las ayudas a los padres, madres o tutores legales de alumnos que cursen el tercer curso del primer ciclo de educación infantil además de los de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria y educación especial.