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¿Cómo solicitar actualmente una baja por COVID-19?: los nuevos requisitos
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ACTUALIZADO POR SANIDAD

¿Cómo solicitar actualmente una baja por COVID-19?: los nuevos requisitos

Actualizado 17/05/2022 18:29
Redacción

Con la nueva estrategia de vigilancia de la pandemia, que elimina las cuarentenas para casos leves y asintomáticos, han cambiado también los requisitos para las bajas laborales

Siguiendo lo establecido en la Estrategia de Vigilancia y Control frente a Covid-19 tras la fase aguda de la pandemia, los casos confirmados leves y asintomáticos y los contactos estrechos, no tienen que realizar ni aislamiento ni cuarentena. Sí deben extremar las medidas de protección como el uso de la

mascarilla, la adecuada higiene de manos y evitar la interacción sin uso de mascarilla con personas

vulnerables, durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas.

Actualmente, para poder solicitar la baja laboral -incapacidad temporal- es requisito imprescindible confirmar el diagnóstico con una PDIA (Prueba Diagnóstica de Infección Activa) positiva. Requisitos que el Ministerio de Sanidad ha actualizado este mes de mayo, tal y como recoge el documento sobre Procedimiento de Actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS CoV2.

  • Persona trabajadora con síntomas compatibles: aquellos trabajadores que no tengan relación con

    ámbitos vulnerables, siempre que sea posible y en caso de que no sea susceptible de una

    incapacidad temporal por su sintomatología, se recomienda el teletrabajo o readaptación del

    puesto de trabajo para evitar la interacción con grupos vulnerables. Es necesaria la realización de

    PDIA entre los trabajadores relacionados con ámbitos vulnerables.

  • Persona trabajadora caso confirmado: aquellos trabajadores que no tengan relación con ámbitos

    vulnerables, siempre que sea posible y en caso de que no sea susceptible de una incapacidad

    temporal por su sintomatología, se recomienda el teletrabajo o readaptación del puesto de trabajo

    para evitar la interacción con grupos vulnerables. Las personas que trabajan en ámbitos vulnerables

    y los trabajadores que prestan apoyo y cuidados a personas vulnerables, no acudirán a su centro de

    trabajo.

  • Personas trabajadoras con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV2: se indicará incapacidad temporal si no existe posibilidad de teletrabajo, adaptación del puesto de

    trabajo, protección adecuada que evite el contagio o reubicación en otro puesto exento de riesgo

    de exposición al SARS-CoV-2.

Las personas que trabajan en ámbitos vulnerables y las que prestan apoyo y cuidados a personas

vulnerables podrán reubicarse en otras áreas del centro de trabajo calificadas como no vulnerables; si

fuese posible, realizarán teletrabajo o tareas de gestión telefónica, etc. y, si todo ello no fuese posible,

no acudirán a su centro de trabajo, si son casos confirmados, durante los primeros 5 días desde el inicio

de síntomas o de la fecha de diagnóstico en caso de personas asintomáticas.

Pasado este tiempo y siempre que hayan transcurrido 24 horas sin fiebre o mejoría de los síntomas, se realizará una prueba de Ag y si el resultado es negativo podrá volver a su lugar de trabajo habitual. En caso de que sea

positivo se repetirá cada 24 horas hasta obtener un resultado negativo para poder incorporarse a su

lugar de trabajo habitual. A las personas trabajadoras de estos ámbitos y grupos que sean contactos

estrechos se les indicará la realización de PDIA a los 3-5 días del seguimiento, igualmente durante los 10

días posteriores a la última exposición mantendrán las mismas medidas que los contactos de la

población general.