Hay diferencia entre si lo heredado es un inmueble, acciones o dinero en efectivo
Si se recibe una herencia, ¿cómo afecta a la Declaración de la Renta?, ¿hay que incluir los bienes y el dinero recibido? Estas son las principales cuestiones que hay que tener en cuenta si hemos recibido una herencia y ahora nos toca presentar la Declaración de la Renta.
Tal y como explican desde el portal Reclamador.es, el impuesto de sucesiones grava ya la ganancia patrimonial obtenida por lo adjudicado en herencia y cuando se liquida -en un plazo de 6 meses desde que se recibe la herencia si queremos beneficiarnos de la mayor parte de las bonificaciones fijadas por cada CCAA, un año si preferimos no hacerlo para no estar sometidos a algunas de las limitaciones que implican esas bonificaciones- dicha ganancia patrimonial no tiene que ser incluida en la declaración de la renta.
Si hemos heredado una vivienda no hay que declararla en el IRPF, pero sí se debe incluir en la declaración de la renta los beneficios que obtiene el heredero de los bienes heredados. Es decir, los rendimientos que se obtienen o que se generan con lo heredado, por ejemplo la renta del alquiler, que es el supuesto más frecuente. En el caso de vender una vivienda heredada, también hay que declarar la ganancia patrimonial conseguida con la venta del inmueble heredado en la renta.
Si los herederos reciben acciones o depósitos bancarios que les generan unos rendimientos, dichas ganancias sí deben ser declaradas en el IRPF.
Cuando en herencia se recibe dinero en efectivo, esa cantidad será declarada en el impuesto de sucesiones, pero no será necesario declararlo en el IRPF.