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Crece el número de familias numerosas en Salamanca que ya cuenta con 3.875
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LA CUARTA PROVINCIA DE CYL

Crece el número de familias numerosas en Salamanca que ya cuenta con 3.875

Actualizado 20/04/2022 12:58
Redacción

El 65% de las familias numerosas tienen 3 hijos, mientras que con 4 hijos son 405 las familias en Salamanca, y a partir de este número de hijos la cifra de familias numerosas desciende notablemente

Crece el número de familias numerosas en Salamanca y ya son 3.875 la que cuentan con el título que las reconoce como tal. De hecho, en los últimos cinco años Salamanca ha sumado 408 nuevas familias numerosas, lo que se traduce en un incremento del 11,7% desde 2017. Las familias numerosas tienen derecho a una serie de bonificaciones, desde reducciones en las tarifas del transporte público a las tasas universitarias, entre otras.

La mayoría de las familias numerosas, atendiendo a los títulos vigentes y según los datos publicados por la Junta de Castilla y León, corresponden a familias con 3 hijos. En concreto, el 65,5% de los títulos vigentes, lo que se traduce en 2.539 familias. Con 4 hijos, Salamanca cuenta con 405 familias, mientras que a partir de este número de hijos el número es mucho menor. Así, con 5 hijos, Salamanca tienen 64 familias; con 6 hijos, 24 familias. Con 7 hijos son tan solo 2 las familias con título de familia numerosa en Salamanca, misma cifra que las familias numerosas con 8 hijos. Las familias numerosas con 9 hijos se reducen a 1.

Salamanca es además la cuarta provincia de Castilla y León con más familias numerosas, por detrás de Valladolid (7.560), Burgos (5.864) y León (4.806).

Son familias numerosas las formadas por uno o dos progenitores con tres o más hijos/as (sean o no comunes). Además, la Ley también equipara a familia numerosa la formada por dos hijos en el caso de que uno de ellos tenga reconocida discapacidad igual o superior al 33% o esté incapacitado para trabajar, con uno o dos ascendientes.

También, las familias integradas por dos ascendientes y dos hijos (sean o no comunes), siempre que ambos ascendientes tengan reconocida discapacidad igual o superior al 33% o estuvieran incapacitados para trabajar o uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

El padre o la madre separados o divorciados con tres o más hijos sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares y estén bajo su dependencia económica, siempre, aunque no vivan en el mismo domicilio conyugal.

Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre sometidos a tutela, acogimiento o guarda que convivan con el tutor, acogedor o guardador, pero no se hallen a sus expensas.

Tres o más huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos si uno de ellos tiene reconocida discapacidad igual o superior al 33%, que convivan y tengan una dependencia económica entre ellos.

El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.