Seguirá siendo obligatoria, como ya se había perfilado, en residencias de ancianos, hospitales y en el transporte público.
El uso de las mascarillas en interiores dejarán de ser obligatorias a partir del martes 19 de abril, justo después de Semana Santa. Su uso sólo será obligatorio en el transporte público y centros sanitarios, como hospitales, centros de salud o residencias de mayores.
La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha propuesto a las comunidades autónomas retirar las mascarillas en los interiores a partir del 19 de abril, día en el que se prevé que el Consejo de Ministros apruebe esta medida.
Darias ha realizado este anuncio durante la celebración del Consejo Interterritorial que se está celebrando en Toledo. Se trata de una petición que ya han realizado varias comunidades autónomas, como por ejemplo Madrid, al considerar que ya no es una medida efectiva para controlar la transmisión del coronavirus.
Por otra parte, el último informe de 'Posicionamiento de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta sobre el uso de mascarillas en espacios interiores', al que ha tenido acceso Europa Press, destaca la necesidad de que el uso de la mascarilla sólo sea obligatoria para trabajadores y visitantes de centros asistenciales y personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos fuera de su habitación o en centros sociosanitarios; y en el transporte público.
Asimismo, aconseja no utilizar la mascarilla por parte de los alumnos en el ámbito escolar y realizar un uso responsable de la misma entre la población vulnerable en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros; y profesores con factores de vulnerabilidad.
En el ámbito laboral, la ponencia aconseja utilizar la mascarilla siempre que el trabajo deba realizarse a distancia interpersonal de menos de 1,5 metros y no pueda garantizarse la ventilación adecuada del espacio; y en el entorno familiar, las reuniones de amigos y celebraciones privadas.
Finalmente, recomienda su uso en espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los comercios (centros comerciales, supermercados o pequeño comercio); espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber (cines, teatros, salas de conciertos y museos) y en espacios cerrados en los que las personas permanecen un tiempo comiendo y bebiendo (bares, restaurantes y locales de ocio nocturno).