Sabemos que los miembros de la derecha política y mediática nunca descansan en la tarea de intoxicar, de engañar y de manipular a la opinión pública con datos sesgados e informaciones falsas con la intención de atraer a la opinión pública. Y lo hacen apropiándose símbolos, emblemas y banderas que son de todos, manoseando las normas fundamentales (que dicen avalar, pero que desconocen e incluso pisotean) como la Carta Magna, con una ideología de nacionalismo español casposo, reaccionario y excluyente.
La última manifestación de esta anacrónica costumbre ha sido la concentración pública del pasado fin de semana en la plaza de Colón, organizada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), claramente politizada y cuyos dirigentes manifiestan sistemáticamente un odio visceral y enfermizo hacia el gobierno –eso sí, cuando este lo ostenta exclusivamente la izquierda- calificándolo de “gobierno traidor”, cuando fue un gobierno de izquierdas, el presidido por Zapatero, el que con sus políticas -nunca apoyadas por la derecha y la ultraderecha- acabó con el terrorismo de ETA hace ya más de una década, desapareciendo como organización y disolviéndose. Siempre que desde la AVT se acusa al Ejecutivo de excarcelar, de acercar presos a cárceles del País Vasco, diciendo, incluso, de forma vergonzante, que “el gobierno ha derogado la política de dispersión favoreciendo a etarras”, se hace argumentando que lo que realiza el “gobierno traidor” es una vulneración del Estado de Derecho y una claudicación ante la barbarie. Siempre que se vierten estas declaraciones buscan penetrar en las conciencias de los ciudadanos intentándoles transmitir que el gobierno y quienes comparten su ideología no están con ellos, no están con las víctimas, sino con los verdugos. Y eso es de una irresponsabilidad y de una catadura moral incalificables e intolerables. La dialéctica social excluyente del “estar conmigo o estar contra mí” es perversa e interesada y desgarra los jirones de la convivencia.
Lo primero que hay que decirles, con todo respeto, a quienes piensan así, es que los terroristas de ETA que están condenados, lo están conforme a la normativa vigente, es decir, de acuerdo con el principio de legalidad penal que consagra, no sólo nuestro derecho interno: Constitución Española, Código penal y legislación penitenciaria, sino conforme a las normas internacionales sobre reclusión y sobre derechos humanos, es decir, conforme a las Reglas Mínimas y Europeas para el Tratamiento de los Reclusos y al Convenio Europeo de Derechos Humanos; normativa que ha ratificado España, y no ahora, sino hace varias décadas. Más no sólo conforme al sagrado principio de legalidad, sino también a otros esenciales en los sistemas penales característicos del Estado Social y Democrático de Derecho que obliga nuestra Carta Magna; es decir, al de proporcionalidad penal en sentido amplio, que incluye los de lesividad, intervención mínima, humanidad de las penas y medidas de seguridad y proporcionalidad de las penas en sentido estricto; también a los principios de culpabilidad y, por supuesto, al de resocialización. La finalidad prioritaria y fundamental de las penas es la resocialización, no la retribución o el castigo como planteaban las ya desfasadas teorías absolutas, o la intimidación y encierro como pretenden las teorías de la prevención especial negativa. Además es la finalidad fundamental prevista en el artículo 25.2 de nuestra Carta Magna, esa norma que tanto dicen respetar los que apoyan estas manifestaciones, pero que luego acatan “a su medida”. Claramente seguidores de la doctrina del Conde de Romanones cuando decía a los diputados del Congreso: “hagan ustedes las leyes, que yo haré los reglamentos” o de la de Pío Cabanillas, a quién se atribuyó la frase: “hagan ustedes la norma, que yo me encargaré de interpretarla”.
Tampoco se puede afirmar que el gobierno “ha derogado las políticas de dispersión”, porque, tanto la normativa internacional -regla 59 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los reclusos (Reglas Mandela, revisadas en 2015)-, como la Ley General Penitenciaria española, de 1979 (recordemos, una vez más, que esta ley se aprobó por aclamación de todas las fuerzas políticas y fue la primera ley orgánica de la democracia española) establecen que “En la medida de lo posible, los reclusos serán internados en establecimientos cercanos a su hogar o a su lugar de reinserción social” (Regla 59, Reglas Mandela) y que cada área territorial en España debe contar con el número suficiente de establecimientos carcelarios “para satisfacer las necesidades penitenciarias y evitar el desarraigo social de los penados”. Y debemos aclarar que se introduce la coletilla de “en la medida de lo posible” o “se procurará”, porque la característica principal de los centros de reclusión ha sido siempre el hacinamiento y, conforme a esa problemática –por suerte cada vez menor en nuestro sistema carcelario-, no pueden ser realojados todos los privados de libertad en prisiones cercanas a su domicilio donde realicen su actividad vital, no por otros motivos.
Cierto es que cuando el terrorismo de ETA actuaba y la organización criminal pretendía conseguir finalidades por medio de las armas, se utilizó la política de dispersión de presos etarras en diversas cárceles del estado para intentar garantizar que los que quisieran abandonar la lucha armada pudieran hacerlo y no tuvieran la influencia nociva de los que deseaban mantener la actividad criminal. Pero este criterio de oportunidad, esta situación concreta, ya no existe y, por tanto, es ilegal, inconstitucional y contrario a la normativa internacional sobre derechos humanos, mantener la política de dispersión en los términos demandados por la AVT.
Por su parte, resulta paradójico que los manifestantes corearan frases atacando al Ejecutivo e incluyéndolo entre los “enemigos de la democracia”, cuando entre los manifestantes había políticos, como el alcalde de Madrid, Martínez Almeida que es alcalde sin haber ganado las elecciones municipales en 2019, no fue el PP la fuerza mayoritaria, sino que fue Manuela Carmena, de Más Madrid, quién obtuvo la victoria. ¿Eso no es traicionar la voluntad del pueblo mayoritariamente expresada en unas elecciones municipales?
También resulta muy preocupante que entre los manifestantes que apoyan todas estas declaraciones que suponen un dardo envenenado al corazón de la normativa penal y penitenciaria internacional y nacional, se encuentren juristas “de reconocido prestigio” –o al menos eso se consideran- como Enrique López, que fue magistrado del Tribunal Constitucional o Edmundo Bal, flamante Abogado del Estado.
Ya está bien de seguir haciendo electoralismo con el terrorismo, contra el que todos lucharon y felizmente acabaron con él. Los terroristas cumplirán sus penas de acuerdo con lo establecido en la justicia penal y no conforme a la Ley del Talión y a la venganza privada. Porque una cosa son los daños y perjuicios realizados a las víctimas con el delito y que éstas tienen todo el derecho del mundo, faltaría más, a la restitución, reparación e indemnización y, otra cosa bien diferente, es la responsabilidad penal, que corresponde exclusivamente al Estado y esta responsabilidad se efectúa mediante la imposición de la pena y su ejecución. No puede trasladarse esta responsabilidad penal hacia la víctima, en ningún caso, puesto que esa competencia ejercida por las víctimas, aparte de tener connotaciones exclusivamente retributivas, supondría atribuir decisiones restrictivas de derechos a quién no es imparcial en el conflicto, precisamente porque es quién ha resultado perjudicado en él. Si depende de la víctima la responsabilidad penal, muchos condenados serían torturados y acabarían en la hoguera, en el garrote vil o en la silla eléctrica, algo que, afortunadamente, desapareció con el derecho penal de sangre y fuego característico del Antiguo Régimen y de sistemas políticos autoritarios.
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