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Renovación de la Curia o renovación de la Iglesia
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LUZ DEL AMANECER

Renovación de la Curia o renovación de la Iglesia

Actualizado 01/04/2022 10:14
Juan Robles

El viernes de la semana pasada, en mi artículo de colaboración, daba la información inicial sobre la firma y publicación de la Constitución Apostólica sobre la renovación de la Curia Vaticana. El documento se firmaba el día 19 de marzo, fiesta de San José patrono y protector de la Iglesia. Y se hacía sin aviso previo, quizá teniendo en cuenta la posibilidad de alguna filtración de los medios de comunicación, cosa que no interesaba.

La condición del documento como Constitución Apostólica le da a éste una especial categoría y liga su redacción y publicación a la voluntad directa del Santo Padre. El Papa, asesorado por la famosa comisión de cardenales desde el primer momento de su elección, había ido preparando el documento a lo largo de los nueve años, y sabe que se estaba esperando desde hace mucho tiempo. Y, aunque se sabía que estaba preparado y que se podía hacer público en cualquier momento, de hecho, permaneció en el silencio hasta el pasado día de San José, y sólo se hizo público cuando se dio a conocer y se explicó en una rueda de prensa de la Oficina de Medios de la Santa Sede, el lunes siguiente día 21. La Constitución entrará en vigor el día 5 de junio, fiesta de Pentecostés o del Espíritu Santo.

Algunos periodistas se extrañaron de esta forma de publicación sin previo aviso y de que, además, no se haya subido a la web oficial ni se haya publicado más que en idioma italiano. La respuesta dada en la rueda de prensa quedó ligada a la voluntad del Papa.

De todas maneras, el documento tiene fuerza y valor por si mismo, y esperamos que pronto pueda comentarse y entrar en la profundidad del tema y se comprenda su trascendencia.

Para empezar, después de leer con calma todo el documento, conviene centrarse en el estudio de la primera parte del mismo, donde se señalan las razones básicas de la organización completa de la Curia.

Los elementos que se señalan no son muchos, pero son básicos: se presenta la base de la misión de la Iglesia, porque ése es precisamente el objetivo de la Iglesia y, en consecuencia, de la Curia, que es un instrumento para la consecución del fin, es decir, la realización eficaz y actual de la misión. Así lo dice el documento precisamente desde el mismo comienzo:

“Predicar el evangelio (cf. Mc 16,15; Mt 10,7-8): esta es la tarea que el Señor Jesús encomendó a sus discípulos. Este mandato constituye “el primer servicio que la Iglesia puede prestar a cada hombre y a toda la humanidad en el mundo de hoy”. A esto fue llamada: a anunciar el Evangelio del Hijo de Dios, Cristo Señor, y con él suscitar la escucha de la fe en todos los pueblos (cf. Rm 1, 1-5; Gal .3.5)” (art. 1).

“La “conversión misionera” de la Iglesia está destinada a renovar la Iglesia según la imagen de la propia misión de amor de Cristo” (art. 2). La misión no solamente renueva la Curia, sino que renueva la misma Iglesia. Con la renovación de la Curia el Papa pretende, sobre todo, la renovación de la Iglesia.

Otro objetivo que tiene en cuenta la reforma de la Curia es orientarse hacia la comunión, que está también a la base de la misión. La misión exige la comunión o unidad de todas las fuerzas de la misión, y la comunión conduce eficazmente a la realización de la misión:

“Para la reforma de la Curia romana es importante tener en cuenta y valorar otro aspecto del misterio de la Iglesia: en ella la misión está tan íntimamente ligada a la comunión que se puede decir que la finalidad de la misión es precisamente la de “dar a conocer y vivir a todos la ‘nueva’ comunión que en el Hijo de Dios hecho hombre ha entrado en la historia del mundo” (art. 4).

La misma comunión está exigiendo y es fruto de la actividad sinodal y del mismo espíritu sinodal de la Iglesia. De aquí el interés en la promoción de la participación de todos los miembros de la Iglesia en el Sínodo en curso:

“Esta vida de comunión da a la Iglesia el rostro de la sinodalidad; es decir, una Iglesia de escucha recíproca «en la que cada uno tiene algo que aprender». Pueblo fiel, Colegio Episcopal, Obispo de Roma: unos a la escucha de los otros, y todos a la escucha del Espíritu Santo, Espíritu de verdad (cf. Jn 14,17), para saber lo que Él dice a las Iglesias (cf. Ap 2 ,7)”. Esta sinodalidad de la Iglesia, entonces, se entenderá como “caminar junto con el Rebaño de Dios por los caminos de la historia para encontrar a Cristo el Señor”. Se trata de la misión de la Iglesia, de esa comunión que es para la misión y es ella misma misionera” (art. 4).

Antes de la publicación de la Constitución, el Papa ha ido tomando decisiones, creando instituciones, y haciendo nombramientos de acuerdo con lo que ahora determina la Constitución para la reforma de la Curia.

Una de las novedades más relevantes de esta Constitución, es la de que cualquier bautizado, hombre o mujer que, como bautizado es un discípulo-misionero, es responsable universal de la misión y, como tal, puede ser miembro de los dicasterios, e incluso estar al frente de los mismos.

El Papa intenta también superar la burocratización de la Curia. Para ello, los miembros de cada dicasterio son nombrados por cinco años, aunque podrán ser renovados por otros cinco.

Francisco señala igualmente que, si no hay una reforma interior, la reforma exterior no servirá de nada, porque no alcanzará el objetivo eclesial de la realización de la misión.

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