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Víctimas del franquismo
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Víctimas del franquismo

Actualizado 13/10/2014
Marcelino García

España sigue en deuda con las víctimas del franquismo e incumple sus obligaciones internacionales sobre desaparición forzada

¿QUÉ DICE LA ONU DE LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO Y DE LA GUERRA CIVIL?

El pasado mes de septiembre el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias y el Relator Especial para la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de no Repetición de la ONU han presentado al Consejo de Derechos Humanos los informes relativos a sus visitas realizadas a España en 2013 y 2014, respectivamente, en los que explican que España sigue en deuda con las víctimas del franquismo e incumple sus obligaciones internacionales sobre desaparición forzada. Textualmente, señalan que:

"la combinación de un marco legislativo deficiente, una judicatura que no ha interpretado la ley a la luz del derecho internacional de los derechos humanos, fiscales que no han impulsado las investigaciones y la presencia de la Ley de Amnistía y en particular, la interpretación judicial dada a dicha Ley, han creado un patrón de impunidad para los casos de desapariciones forzadas ocurridos durante la Guerra Civil y la dictadura".

El gobierno español (más justo sería decir los gobiernos españoles de la democracia) esgrime la prescripción de los delitos y la Ley de Amnistía de 1977 para no investigar, dejando así desamparadas a unas víctimas que se han visto obligadas a recurrir a la jurisdicción internacional, encontrando en Argentina el amparo que no encuentran en nuestro país. Y ello a pesar de que los organismos de Naciones Unidas insisten en que la ley de Amnistía es incompatible con las obligaciones internacionales adquiridas por España y destacan que no hay impedimentos en el sistema judicial para revisar o anular las disposiciones de la Ley que fueran incompatibles con las obligaciones internacionales, que obligan a perseguir los delitos de derecho internacional, como son las desapariciones forzadas, delitos que, por su propia naturaleza, no prescriben. Así se ha hecho en Argentina o en Chile, donde los criminales de las dictaduras que asolaron esos países están siendo juzgados y condenados.

Por ello, y teniendo en cuenta que España se ha obligado a cumplir con las normas del Derecho Internacional mediante la firma de los convenios correspondientes, como todas las naciones civilizadas, el Comité exhorta al gobierno a que asegure que todas las desapariciones forzadas (se calcula que unas 115.000) sean investigadas de manera exhaustiva e imparcial, independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de las mismas y aún cuando no se haya presentado ninguna denuncia formal. Pero Amnistía Internacional observa con gran preocupación que en España no solo no se investigan estos crímenes, sino que además los poderes públicos ponen toda clase de obstáculos. La impunidad en la que se pretende mantener estos hechos choca abiertamente con el derecho y las recomendaciones internacionales y también con la práctica de los países que han sufrido episodios similares.

La ley de amnistía no debe impedir las investigaciones de crímenes del derecho internacional como los cometidos durante el franquismo y la guerra civil. Por ello, y como contribución necesaria a la convivencia democrática, Amnistía Internacional exige a los poderes del Estado que cumplan con las normas internacionales a que nos hemos comprometido y que faciliten e impulsen, cada cual en el campo de sus competencias, la investigación para que se conozca la verdad y pueda haber de una vez por todas justicia y reparación a las víctimas.

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