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El Ayuntamiento aprueba la nueva ordenanza de “fomento y protección de la convivencia...
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El Ayuntamiento aprueba la nueva ordenanza de “fomento y protección de la convivencia...

Actualizado 07/11/2014
Raúl Mateos

LAS CASAS DEL CONDE | La norma municipal prohíbe, entre otras cosas, "molestar a los viandantes con bicicletas" o "disparar petardos sin autorización previa"

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El pleno del Ayuntamiento de Las Casas del Conde ha aprobado de manera definitiva una nueva ordenanza reguladora en este municipio de la Sierra de Francia para el 'fomento y protección de la convivencia ciudadana'. Se trata de un conjunto de preceptos jurídicos que el consistorio ha querido poner en marcha para el 'normal desarrollo de la vida local'.

La intención del equipo de gobierno de este municipio serrano no es solo poner en marcha nuevas normas sino, básicamente, sintetizar las normas ya existentes para facilitar su conocimiento entre los vecinos.

Entre la normativa aprobada se encuentra la obligación de tener en constante estado de limpieza las partes de los inmuebles que sean visibles desde la vía pública. En caso de incumplimiento el "Ayuntamiento ejecutará los trabajos que se requieran para adecentarlas y conservarlas decorosamente" con cargo a los propietarios, que en caso de impago incurrirá en una falta que puede derivar en el embargo del inmueble.

Del mismo modo en casos de fuerza mayor (catástrofes) el Ayuntamiento advierte de que podrá requerir la ayuda y colaboración de sus habitantes así como de las maquinarias, vehículos, herramientas o enseres particulares que se consideren necesarios para restablecer la normalidad.

También han querido subrayar en la normativa que quedan prohibidas las alteraciones del orden público (tumultos, cirios, etc? han manifestado literalmente), así como normalizar el uso de motocicletas y ciclomotores que deben circular "sin emitir ruidos excesivos" o disparar cohetes o petardos sin autorización previa.

A su vez la normativa resalta que queda prohibido causar perjuicios al medio ambiente, inmuebles públicos y privados y zonas municipales (fuentes, postes de electricidad?), fijar carteles anunciadores sin permiso municipal, verter aguas mayores y menores en la vía pública, lavar vehículos o similares en la vía pública.

También, respecto a las calles del municipio, "queda prohibido cortar una vía pública por peatones o molestar a los viandantes con bicicletas y otros objetos destinados al juego", prohibiéndose además el consumo de alcohol en la vía pública fuera de terrazas y lugares autorizados.

Una normativa extensa, y seguramente no carente de controversia, que puede leerse con detenimiento en el Boletín Oficial de la Provincia.

Raúl Mateos

SALAMANCArtv AL DÍA - Cuaderno de Entresierras

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