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Nueva Ley de Tráfico: ¿Qué cambia a partir del próximo año?
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MAYOR PÉRDIDA DE PUNTOS EN INFRACCIONES

Nueva Ley de Tráfico: ¿Qué cambia a partir del próximo año?

Actualizado 27/12/2021 10:25
Redacción

Tras su publicación en el BOE este mes de diciembre, entrará en vigor el 21 de marzo de 2022

El Congreso de Diputados aprobó el pasado 3 de diciembre la nueva Ley de Tráfico, Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Tras su publicación en el BOE el 21 de diciembre, la Ley entrará en vigor tres meses más tarde, el 21 de marzo de 2022.

Mayor pérdida de puntos en las infracciones

  • Se suprime la posibilidad de aumentar en 20 km/h el límite máximo de 90 km/h de las carreteras convencionales. Es decir, la velocidad máxima será de 90 km/h en cualquier circunstancia.

    La sanción por conducir sujetando el teléfono móvil será de 200 euros y pérdida de 6 puntos de carnet. En la actualidad solo se pierden 3 puntos.

    Circular sin dispositivos obligatorio de seguridad, como sistemas de retención infantil, cinturón de seguridad, casco... acarreará una pérdida de 4 puntos en el permiso de conducir. En la actualidad la pérdida es de 3 puntos. El importe de la sanción se mantiene en 200 euros.

    Se penaliza con 6 puntos en el permiso de conducir el hecho de arrojar a la vía pública objetos que puedan provocar incendios o poner en peligro la seguridad. Actualmente la penalización es de 4 puntos.

    Aumenta de 4 a 6 puntos de penalización el hecho de adelantar a ciclistas sin dejar un espacio mínimo de 1,5 metros. La multa de 200 euros por esta infracción se mantiene. Además se prohíbe parar o estacionar en carriles bici.

    Los conductores menores de edad de cualquier tipo de vehículo (incluidos patinetes y bicicletas) no podrán circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0.0; es decir, está prohibido beber cualquier cantidad de alcohol si se va a conducir.

    Se recuperarán todos los puntos del carnet de conducir después de 2 años sin cometer infracciones.

    Se autoriza el uso, por parte de motoristas, de dispositivos de comunicación y navegación en el casco, siempre que estén homologados y no afecten a la seguridad.

    Los conductores de patinetes deberán llevar casco y tendrán prohibida la circulación por las aceras.

    Se sanciona la instalación de inhibidores de radar, aunque no se usen. Los avisadores (por ejemplo las bases de datos de radares de los navegadores) sí están permitidos.

    Incumplir las normas de auxilio público en caso de accidente se sancionará con 500 euros.